Las nuevas reglas para los embargos no se aplicará de forma retroactiva en hipotecas ya vencidas

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Capitalbolsa | 11 dic, 2018 13:47
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El nuevo mecanismo fijado en la reforma hipotecaria para poner en marcha el proceso de ejecución hipotecaria cuando se produce el impago no será de aplicación a las operaciones ya vencidas, con independencia de que se encuentren ya o no judicializadas.

La nueva ley acaba con la regla que permitía a un banco iniciar el proceso de reclamación de la deuda cuando se acumulasen tres cuotas de amortización sin pagar, y lo sustituye por un mecanismo mas exigente para la banca y favorable para el consumidor donde será necesario que la familia haya acumulado 12 impagos o el 3% del capital concedido sin abonar para lanzar el proceso.

Esa regla rige en la primera mitad de vida del préstamo. Para la segunda mitad, el impago tendría que acumular 15 meses sin sufragar la cuota o haber acumulado una deuda impagada equivalente al 7% del préstamo recibido.

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