ep sucursal banco popular

Fernando Andreu ha dado marcha atrás. El magistrado de la Audiencia Nacional ha abierto la puerta a que cualquier accionista perjudicado por la resolución de Popular se persone en la causa penal. Esta decisión, tomada a raíz de rechazar un recurso de Santander, contrasta con otras del mismo juez, que dejó fuera a los accionistas que acudieron a la ampliación de capital de 2012 y a algunos bonistas, concretamente a Acmo, Anchorage, Pimco, Algebris, Cairn y Aeris Invest.

Un año y tres meses después de la resolución de Popular, la historia judicial no ha hecho más que empezar. Paralelamente a los litigios interpuestos contra el banco por la vía civil por los accionistas y bonistas que perdieron toda su inversión en Popular la noche del 6 de junio de 2017, la causa penal sigue discurriendo en la Audiencia Nacional.

En esta ocasión, el juez del caso ha desestimado un recurso interpuesto por Santander contra una resolución del Juzgado de Instrucción número 4, del que Andreu es titular, que permitía la personación de una afectada que no acudió a la ampliación de capital llevada a cabo por Popular en mayo de 2016. El magistrado entiende que si el administrador de una compañía causa un perjuicio a la misma, también lo hace a sus accionistas, que resultan "patrimonialmente perjudicados" por el delito.

"Es evidente que el comportamiento del administrador de una sociedad que de cualquier modo ejerciera sus funciones con abuso de las mismas de forma que causare un perjuicio a la sociedad, no sólo se lo está irrogando a ésta sino también a los socios que la integran quienes, sin duda, son también patrimonialmente perjudicados por el comportamiento delictivo de aquel. Es más, es el propio tipo penal el que señala como perjudicado económicamente a los socios de la sociedad", indica el magistrado en un auto al que ha tenido acceso Bolsamanía.

La entidad pretendía que no se admitiera su personación al menos en la primera pieza de la causa, que se refiere a esta operación de 2016, llevada a cabo bajo el mandato de Ángel Ron. Como mucho, el banco veía posible su personación en la segunda pieza, relativa a la publicación de informaciones supuestamente falsas para minar el precio de la acción ya bajo la presidencia de Emilio Saracho.

Sin embargo, a pesar de que la causa penal está dividida en dos piezas, el juez insiste en que "sigue siendo una". Por ello, "las personaciones se dirigen al procedimiento y no a cada una de sus piezas separadas", advierte el magistrado a la entidad que preside Ana Botín.

Esta decisión del Andreu contrasta con la que tomó hace apenas dos meses y medio, cuando en un auto el juez de la Audiencia Nacional dejó fuera de la causa a los accionistas que acudieron a la ampliación de capital de Popular de 2012. En esta operación, Popular, entonces presidida por Ron, levantó en el mercado 2.505,5 millones de euros. También dejó fuera a algunos bonistas, pero en este caso el juez solamente abre la puerta a los accionistas.

ORGANIZAR LAS PERSONACIONES

Otro tema será cómo estructure el juez de la Audiencia Nacional las personaciones para dirigirse a ellas. El magistrado podrá nombrar un representante, como ocurrió con el caso Bankia, como explica a Bolsamanía Patricia Gabeiras, socia fundadora de Gabeiras y Asociados.

En su opinión, la decisión tomada ahora por Andreu puede resultar perjudicial para Santander, que estaba intentando limitar la investigación a la ampliación de capital de 2016. "Lo que hay que aclarar es no solo la ampliación de capital de 2016, de la que hay indicios de que se ha falseado información, sino también el propio proceso de la resolución", explica. En opinión de Gabeiras, el auto de Andreu está "fundamentado" y es "razonable".

El despacho defiende a algunos afectados mediante acciones civiles, si bien Gabeiras considera que es apropiado estar personado en la causa penal, pues esta circunstancia permite acceso a documentación más exhaustiva que la que puede estar disponible en la vía civil.

DERECHO DE AUDIENCIA

Al tiempo que van avanzando los procesos judiciales en España, también lo hacen en Europa los recursos contra la Junta Única de Resolución (JUR), la autoridad europea que ejecutó la resolución de Popular. Tras hacer pública la versión no confidencial del tercer informe de Deloitte, a partir del cual la JUR decidió que no procede compensar a los afectados de Popular, el organismo que preside Elke König abrió un periodo de derecho de audiencia.

Así, los afectados han tenido un mes, que concluye el próximo viernes, para registrarse y enviar a la JUR sus comentarios sobre la decisión preliminar de no compensarles, para lo cual debían presentar una prueba de identidad válida y otra sobre el título de propiedad de los instrumentos que fueron amortizados o convertidos y transferidos con la resolución.

En una primera fase deberán registrarse, tras lo cual la JUR abrirá un segundo periodo en el que evaluará las solicitudes de registro. En esta fase, los afectados podrán expresar por escrito a través de una plataforma electrónica sus comentarios sobre la decisión de la JUR de no compensarles por la resolución de Popular. Los comentarios serán evaluados por la JUR y tenidos en cuenta para la decisión final sobre este tema que tomará la autoridad europea sobre si debe concederles una compensación.

Ya en el momento en que se anunció la apertura de este derecho de audiencia, desde Asufin desconfiaban de que sirviera para ayudar a los afectados. “La JUR está cumpliendo estrictamente con el procedimiento escuchando a los afectados, pero dudamos mucho que modifiquen su decisión, sería tanto como reconocer que la medida tomada en 2017 fue un error”, lamentaba la presidenta de la asociación, Patricia Suárez.

Desde el despacho Navas & Cusí opinan lo mismo. “Si los recursos administrativos en España suelen ser un mero trámite, en el caso de la JUR mucho nos tememos que pasará lo mismo. La actitud de la institución ha sido muy poco empática con los accionistas y bonistas del Popular pero, por supuesto, siempre hay que quemar todos los cartuchos”, explica el socio del bufete Juan Ignacio Navas.

En todo caso, el socio cree que la mejor vía para recuperar el dinero de los afectados es reclamar civilmente a Santander. “El heredero asume el activo, el pasivo y las contingencias. Igual que el Santander está cobrando las hipotecas del Popular y ejecutando en caso de impago, debe de asumir la contingencia de unos accionistas y bonistas que de la noche a la mañana ven esfumarse sus ahorros”, apunta.

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