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El presidente de la Generalitat, Quim TorraDavid Zorrakino - Europa Press

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha autorizado este viernes las medidas contra el coronavirus presentadas por la Generalitat. Las restricciones necesitaban el aval de la Justicia porque afectan a derechos fundamentales, como la libertad de reunión.

Las universidades catalanas han decidido suspender la actividad presencial para extremar las precauciones debido a la subida imparable de los contagios (55% más de casos que la semana pasada).

El Govern ha publicado esta madrugada en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) la resolución por la cual entra en vigor este viernes y durante los próximos 15 días el cierre de bares y restaurantes, la limitación del aforo del 30% en los comercios, la suspensión de ferias y congresos y la clausura de parques y jardines a las 20.00 horas. A ello se suman a la suspensión de las competiciones deportivas.

En cuanto a la limitación de aforo en los espacios religiosos, el tribunal no considera que sea una restricción no proporcionada ni injustificada dada la situación sanitaria, y respecto a las clases universitarias presenciales afirma que "no se entiende como una restricción trascendente sino una modulación de la forma de prestar la docencia".

ALARMANTE SITUACIÓN EN CATALUÑA

Estas medidas han sido tomadas para intentar hacer frente al crecimiento exponencial de casos de coronavirus en Cataluña y revertir la curva epidemiológica. De hecho, ahora se registran más de 2.000 contagios diarios mientras que hace tres semanas el número de positivos semanales era de 7.000.

Además, desde julio la velocidad de reproducción del virus se situaba alrededor del 1, es decir, que cada infectado contagiaba a otra persona, mientras que ahora la velocidad es prácticamente de 1,4, de forma que cada cien personas contagian a otras cuarenta.

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