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El retraso en la edad de jubilación y la ampliación de los años computados para calcular la pensión son dos cuestiones que se han incluido en las últimas reformas del sistema de pensiones llevadas a cabo en 2011 y 2013. De acuerdo con el periodo transitorio de aplicación, este año, las personas que desearon jubilarse tuvieron que tener en cuenta nuevos requisitos, como que la edad legal se ampliaba a 65 años y 8 meses. En 2020 estas condiciones vuelven a cambiar.

Así, el próximo año, la edad legal de jubilación se amplía hasta los 65 años y 10 meses, mientras que se mantiene en los 65 años para aquellos trabajadores que alcancen o superen los 37 años cotizados. Supone también un requisito más, ya que en 2019 para esto bastaba con 36 años y 9 meses cotizados.

Pero no se modifica únicamente la edad legal y el número de años cotizados. También el periodo de cómputo para el cálculo de la pensión, que se amplía un año más, hasta situarse en los 23 años. Como explican en el Instituto BBVA de Pensiones, el periodo transitorio para aplicar el retraso en la edad de jubilación a los 67 años y la ampliación a 25 años del periodo de cómputo para el cálculo de la futura pensión se prolongará hasta 2027 y 2022, respectivamente.

En cuanto al cálculo de la pensión, desde 2013, el porcentaje de la base reguladora varía en función de los años cotizados. Se aplica una escala que comienza con el 50% con el mínimo exigible de 15 años de cotización para tener derecho a una pensión de jubilación, aumentando a partir del decimosexto año.

Además, a partir del primer día de 2020, la base reguladora de la pensión de jubilación será el resultado de dividir por 322 las bases de cotización durante los 276 meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante. Desde esta fecha serán también necesarios 36 años cotizados para alcanzar el 100% de la pensión, frente a los 35 años y 6 meses requeridos hasta ahora.

A la cuantía resultante en cada caso, se le tendría que sumar el factor de sostenibilidad. Sin embargo, su aplicación ha sido de momento aplazada hasta 2023 que entrará en vigor. "Por este motivo se ha establecido también un periodo transitorio hasta 2027 que introduce novedades en 2020 que se mantendrán, si no hay cambios normativos, hasta 2022", señalan desde la entidad.

REQUISITOS PARA LA JUBILACIÓN PARCIAL

La posibilidad de compatibilizar la jubilación con un empleo a tiempo parcial está disponible para los trabajadores que reduzcan su jornada entre un 25% y un 50%, además de cumplir una serie de condicionantes. En concreto, en 2019 podían acogerse a esta modalidad las personas con 61 años y 8 meses si acreditaban un mínimo de 34 años y 9 meses cotizados, o con 62 años y 4 meses que tuvieran 33 años cotizados.

De cara a 2020, la jubilación parcial también sufre modificaciones: serán necesarios 35 años o más cotizados siempre que se tengan 61 años y 10 meses. Edad que se amplía a los 62 años y 8 meses para los que dispongan de 33 años cotizados.

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