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Banco SantanderEUROPA PRESS
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Un juzgado de Primera Instancia de Málaga ha condenado a Santander a devolver a un cliente los gastos de constitución de su hipoteca relacionados con la notaría, el registro, la gestoría y el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados. El juez ha declarado nula la cláusula que imponía al cliente estos gastos y aplica la modificación legislativa aprobada la semana pasada por el Gobierno, a la que considera "tácitamente retroactiva", según informa la asociación de consumidores Asufin.

El juzgado ha obligado a la entidad que preside Ana Botín a pagar al demandante 1.990,31 euros por la anulación de la cláusula de los gastos hipotecarios que traspasaba todos los costes de constitución a un cliente que firmó su hipoteca en 2014. De esa cantidad, 398,17 euros corresponden al coste del notario, 119,2 euros al de registro, 226,87 euros al de gestoría y 1.246,07 euros al impuesto. Ante esta sentencia, cabe recurso de apelación.

En opinión de este juzgado, la modificación de dos leyes (la del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados y la del Impuesto de Sociedades) aprobada recientemente por el Gobierno "resuelve una laguna interpretativa", por lo que es "tácitamente retroactiva".

Concretamente, el juez concluye que "no cabe duda que en la presente controversia, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados debe recaer su pago en la entidad prestamista, porque la disposición del gobierno que se acaba de dictar resuelve una laguna interpretativa y por tanto, y en cuanto tal, es tácitamente retroactiva, máxime cuando hablamos en nuestro campo de Derecho Civil, más concretamente de Derecho de Consumidores".

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