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La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha declarado nulo el ERTE propuesto por ArcelorMittal en sus centros de España y notificado a los trabajadores el pasado 8 de mayo. La sentencia cree que ha habido "fraude de ley" y que no se ha demostrado una causa productiva diferente de la que motivó el ERTE de 2009, que lleva en vigencia más de 11 años en la empresa, la resolución que ha dado a conocer el sindicato ELA.

ELA fue el primer sindicato que interpuso la demanda, a la que se unieron posteriormente las organizaciones sindicales UGT, CCOO y USO, salvo en la pretensión que incluía ELA de violación del derecho de libertad sindical, hecho que la sentencia absuelve a la multinacional siderúrgica.

La resolución señala que "no resulta ajustado a los más elementales parámetros de la buena fe" presentarse en la negociación como un grupo laboral de empresas y alegar una causa económica como la previsión de pérdidas futuras y, "quirúrgicamente, a la hora de presentar la situación económica del grupo, prescindir del cómputo de aquellas sociedades que reparten beneficios, bajo el pretexto de que las mismas consolidan cuentas en grupo extranjero, con la evidente intención de minorar las garantías establecidas en el ERTE que ya estaba vigente en la empresa".

A su juicio, existe evidencia de "fraude de ley" que se denuncia en alguna de las demandas y considera que la "legislación excepcional en materia de regulación de empleo surgida con ocasión de la crisis sanitaria derivada del covid 19, está siendo utilizada por la empresa de modo torticero para eludir el cumplimiento de las garantías pactadas en el ERTE aprobado en junio de 2009 y en sus sucesivas prórrogas".

La sentencia, que recuerda que se le denegó un ERTE a la empresa por fuerza mayor vinculado con el Covid, apunta a la "mala fe patronal" en la negociación y a su "inexistente voluntad de paliar las consecuencias del ERTE".

La Audiencia Nacional valora que "no se ha acreditado la concurrencia de un causa productiva diferente de aquella para la que se acordó en momento la prórroga del ERTE que lleva vigente más de 11 años en la empresa". Por ello, declara nulo el ERTE y condena a la empresa a reponer a los trabajadores a la situación previa, aunque la libra de la pretensión de vulneración del derecho de libertad sindical que se contiene en la demanda de ELA.

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