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Fachada de la sede del Tribunal Supremo.EUROPA PRESS - Archivo

El Tribunal Supremo ha declarado que los gastos de tasación en las hipotecas incumben al 100% al banco y en ningún caso al consumidor.

La decisión se ha tomado este jueves en un nuevo Pleno, donde se han debatido los efectos económicos de la declaración de nulidad de la cláusula de gastos de los préstamos hipotecarios. Con la sentencia, quedan resueltas por la Sala de lo Civil todas las consecuencias de la nulidad de las cláusulas de los gastos de formalización de hipotecas que, en muchas ocasiones, imponen a los consumidores.

Por lo tanto, el Alto Tribunal establece una nueva doctrina que evitará que los consumidores tengan que pagar cantidades desorbitadas. Asimismo, declara que los clientes tienen derecho a la restitución de todos los gastos pagados en concepto de registro de la propiedad, gestoría y tasación, así como de la mitad de los gastos notariales.

En este sentido, el único gasto que corre a cuenta de los consumidores es el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD), ya que las reglas tributarias señalan que el principal sujeto pasivo es el prestatario. Para establecer estas pautas, el Supremo se ha basado en el análisis de un recurso de casación respecto a una sentencia en grado de apelación de la Audiencia Provincial de Cáceres en un caso protagonizado por Liberbank.

Asufin ha advertido que las entidades financieras tienen que devolver estos importes a sus clientes sin tener que hacer uso de los tribunales. "Son procedimientos que suponen un alto coste", ha apostillado.

En este sentido, Almudena Velázquez, la codirectora legal de reclamador.es, explicado que la sentencia es de gran relevancia para los hipotecados con préstamos firmados antes de junio de 2019, fecha en la que entró en vigor la nueva ley de créditos inmobiliarios. "La sentencia es coherente con lo que siempre hemos defendido", ha añadido la codirectora.

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