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Villarejo.

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha acordado el levantamiento del secreto de la pieza 7 del denominado “caso Villarejo”, en la que se investiga el presunto espionaje al extesorero del Partido Popular Luis Bárcenas, conocido como “Operación Kitchen”.

En un auto, el magistrado considera que una vez examinado el estado de las actuaciones, a la vista del informe del Ministerio Fiscal y habiéndose verificado todas las diligencias que justificaron la declaración del secreto de las actuaciones, procede dejar sin efecto dicha medida, puesto que en este momento el conocimiento por las partes del procedimiento “no va a perjudicar a la investigación en curso”.

La resolución explica que esta pieza separada se abrió el 7 de noviembre de 2018 a raíz de un informe de la Fiscalía como consecuencia de un informe policial en el que se ponía de manifiesto nuevos hechos de apariencia delictiva que constituirían un proyecto distinto a los analizados hasta la fecha. Se trataría, continúa el escrito, de ejecutar un operativo parapolicial del que serían responsables Órganos Superiores y/o Directivos de la Administración General del Estado y cuya ejecución material se encomienda a los ya investigados en la causa Enrique García Castaño, entonces jefe de la UCAO, y José Manuel Villarejo Pérez.

En este caso, indica el auto, el encargo que se habría llevado a efecto al menos en los años 2013 a 2015 consistiría en la captación y la manipulación como colaborador-informante de la Policía de Sergio Ríos Esgueva, conductor de Rosalía Iglesias, esposa de Luis Bárcenas, extesorero del Partido Popular.

“El objetivo de dicha misión -añade- podría ser, aparentemente, la obtención por medio de dicho colaborador, en cuanto persona de la máxima confianza del matrimonio de información concreta sobre el lugar en el que Luis Bárcenas y su esposa ocultarían material documental comprometedor para altos dirigentes del Partido Popular, sustrayendo su conocimiento de la autoridad judicial en la investigación que se llevaba a cabo en el marco de la pieza separada de las diligencias previas 275/08 en el Juzgado Central de Instrucción 5 de la Audiencia Nacional”.

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