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Candado en la puerta de Solar Maravillas, en Madrid que se encontraba okupado.Óscar Cañas - Europa Press - Archivo

El Ejecutivo ha modificado la ley en relación a la okupación, matizando que no se podrá proceder a la expulsión de los 'okupas' de la vivienda cuando la entrada en la misma se haya realizado sin "intimidación o violencia".

Este jueves el Gobierno ha incluido un matiz en la norma aprobada en diciembre que permitía el lanzamiento en todos los casos que hubiese delito. De esta forma, la expulsión de los 'okupas' solo será legal "cuando la entrada o permanencia en el inmueble se haya producido mediante intimidación o violencia sobre las personas".

De esta forma se ha introducido la nueva normativa a través de un decreto ley de protección a los consumidores vulnerables, que queda recogido en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Por lo tanto, se realiza este cambio con respecto a la Modificación aprobada en diciembre en el Real Decreto-ley de medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

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