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La 'tasa Tobin', es decir, el impuesto sobre transacciones financieras, ha recibido la luz verde del Gobierno. "España moderniza su sistema fiscal haciéndolo más justo, más progresivo y redistributivo", manifestaba esta semana la portavoz del Ejecutivo y ministra de Hacienda, María Jesús Montero. Sin embargo, no ha sido recibido con buenos ojos por parte de los inversores, como era de esperar. ¿Cómo funciona, cuánto se pretende ingresar o cuáles son las exenciones?

¿CÓMO FUNCIONA?

Gravará con un 0,2% las operaciones exclusivamente de compra (no de venta) de acciones españolas ejecutadas por cualquier operador, sea español o extranjero. El obligado a pagarlo es el intermediario (el broker), que podrá trasladarlo, en parte o en su totalidad, al inversor final. La liquidación del impuesto será mensual y los brokers deberán presentar una declaración anual.

El Ministerio de Hacienda publicará anualmente, antes del 31 de diciembre, la relación de empresas cuyas acciones están sujetas al impuesto cada año y que serán las que superen los 1.000 millones de capitalización a 1 de diciembre del año anterior.

¿CUÁNTO INGRESARÁ?

Según las estimaciones del Gobierno, la recaudación prevista con esta nueva figura tributaria es de unos 850 millones de euros anuales, que irá destinada a financiar el déficit de la Seguridad Social derivado del pago de las pensiones. Sin embargo, la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) estimó hace un año que la recaudación podría ser inferior: tan baja como 420 millones.

¿QUÉ EXENCIONES HAY?

Únicamente se someterán a tributación las operaciones de adquisición de acciones emitidas en España de empresas cotizadas cuya capitalización bursátil sea superior a 1.000 millones de euros. No se gravará la compra de acciones de pymes y empresas no cotizadas. También quedan fuera del ámbito de la 'tasa Tobin' la deuda, tanto la pública como la privada, y los derivados (futuros y opciones). Lógicamente, tampoco se aplicará a la compra de acciones en otros países aunque se haga a través de un broker español.

No estarán sujetas al impuesto las salidas a bolsa (OPV u OPS), las necesarias para el funcionamiento de infraestructuras del mercado, las reestructuraciones empresariales, las operaciones entre sociedades del mismo grupo ni las cesiones de carácter temporal.

¿A QUIÉN AFECTA?

El sujeto pasivo es el intermediario financiero que transmita o ejecute la orden de adquisición, y deberá presentar una declaración anual del impuesto. El intermediario financiero será el encargado de liquidar el impuesto, con independencia de si actúa por cuenta propia o de terceros, y sin tener en cuenta la residencia de las personas o entidades que intervengan en la operación. Es decir, lo tendrán que pagar también las compras de acciones españolas por parte de inversores extranjeros.

En cuanto a si el impuesto será repercutido en el usuario, desde varias entidades ya han admitido que será así. Por ejemplo, Bankinter ha llegado a asegurar que lo trasladará al cliente si la regulación lo permite. Pero no hay ninguna norma al respecto, y algunos brokers pueden decidir asumir ese coste para ofrecer unas tarifas más bajas a los clientes.

Por su parte, Inverco considera que este impuesto tendrá un impacto en la rentabilidad de los planes de pensiones y fondos de inversión que inviertan en empresas cotizadas españolas. Según sus cálculos, hará perder un 7,4% del patrimonio de los fondos de inversión y un 5,6% de los planes de pensiones en los próximos 25 años.

¿CUÁNDO ENTRA EN VIGOR?

El impuesto entrará en vigor tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial de Estado (BOE). Aún no hay una fecha establecida, puesto que, al tratarse de un proyecto de ley, todavía tiene que pasar su tramitación correspondiente por el Congreso y el Senado. El Ejecutivo espera que empiece a aplicarse a lo largo del segundo trimestre.

¿ESPAÑA ES EL ÚNICO PAÍS?

No. La puesta en marcha de la 'tasa Tobin' está en línea con otros países europeos que ya aplican figuras similares, como Francia, Italia, Reino Unido o Suecia. Alemania tiene prevista su implantación para 2021.

Además, sigue la tendencia de organismos internacionales como la Comisión Europea, que ya en 2011 presentó junto con el Parlamento Europeo la necesidad de crear un impuesto para gravar las operaciones realizadas por entidades financieras, siempre y cuando una de las partes estuviera establecida en la Unión Europea (UE). Entonces, Austria, Alemania, Bélgica, Estonia, Eslovenia, Eslovaquia, Francia, Grecia, Italia, Portugal, además de España, aprobaron la aplicación de esta tasa. No obstante, aún no se ha llegado a un consenso han tratarse de una propuesta que ha generado controversias.

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