ep archivo   logotipo de la agencia tributaria en una mampara en una oficina de dicha agencia en
Cézaro De Luca - Europa Press - Archivo

Ya ha comenzado la Campaña de la Renta 2021 y Hacienda espera devolver este año 11.122 millones de euros, una cifra un 5,8% superior a la del ejercicio pasado, mientras que ingresará 13.400 millones de euros, un 10,8% más, según las previsiones presentadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), que estima recibir 21.921.000 de declaraciones, un 0,9% más.

Del total de declaraciones, el 65% serán a devolver. En concreto, Hacienda prevé que 5.971.000 sean a ingresar, un 1,5% menos, por importe de 13.400 millones de euros, mientras que las que tengan derecho a devolución se sitúen en 14.350.000 declaraciones, un 1,1% más, por un importe de 11.122 millones de euros. El saldo neto de esta campaña será positivo, de unos 2.278 millones, frente a los 1.581 millones del pasado ejercicio.

El director general de la Agencia, Jesús Gascón, ha explicado este miércoles 6 de abril, día del comienzo de la campaña, que supone una "vuelta a la normalidad" tras la pandemia. El primer día, según sus palabras, deja "datos muy llamativos": a las 10.00 horas se habían presentado ya unas 382.000 declaraciones, un 3,9% más en comparación con la misma hora del pasado año.

El plazo para saldar cuentas con Hacienda se alargará hasta el 30 de junio, aunque el plazo en las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria concluirá el 27 de junio.

La declaración de la renta, además de por Internet, puede confeccionarse y presentarse por teléfono o en una oficina de la Agencia Tributaria, aunque para eso habrá que esperar. La atención telefónica para la confección y presentación de declaraciones (plan ¡Le Llamamos'’) comienza el 5 de mayo, con solicitud de cita a partir del 3 de mayo, y la atención presencial en oficinas se inicia el 1 de junio, con solicitud de cita a partir del 26 de mayo. La atención personalizada, por teléfono y en oficinas, seguirá contando con el apoyo de CCAA y ayuntamientos.

EL 'INFORMADOR' Y MEJORAS EN LA APP

Además, este año, la principal novedad es la puesta en funcionamiento de una versión renovada y ampliada del 'Informador' de Renta y la creación de otro específico sobre actividades económicas. Esta herramienta, accesible en la web de la Agencia dentro del apartado dedicado a la campaña, incluye los bloques de ayuda en Renta estructurados y sistematizados para poder ir ofreciendo la información solicitada a partir de preguntas sencillas realizadas por la propia herramienta, que permite también conservar el diálogo y la respuesta en formato PDF.

Con esta ampliación de contenidos, el 'Informador' pasa a ser un servicio integral de asistencia en línea con más de 800 respuestas a las dudas más destacadas de todo el impuesto en materias tales como las novedades de campaña, la obligación de declarar, opciones de tributación y situaciones personales y familiares, beneficios fiscales, inmuebles y productos financieros, así como las incluidas en el ‘Informador’ específico sobre actividades económicas. Todo ello a partir de 23 apartados iniciales de contenidos.

También como novedad, los distintos bloques de información se conectan a un chat que atienden especialistas de la ADI en horario de nueve de la mañana a siete de la tarde, permitiendo así una asistencia personalizada para las cuestiones que hayan quedado pendientes de resolver en las respuestas del 'Informador'.

Esta herramienta, en su doble vertiente, general y específica de actividades económicas, estará disponible todo el año, de manera que podrá dar servicio a dudas que surjan sobre la aplicación del impuesto más allá del periodo concreto de presentación de la declaración.

La campaña de este año cuenta también con mejoras en la aplicación móvil de la Agencia para seguir avanzando en la accesibilidad, usabilidad y experiencia de usuario, destacando la posibilidad de presentar tanto la propia declaración como la de hasta cinco miembros más de la unidad familiar sin necesidad de cerrar la sesión para abrir las correspondientes a esas otras presentaciones.

En cuanto al funcionamiento general de la app, es el mismo de años anteriores. Aquellos contribuyentes con declaraciones más sencillas podrán presentar su Renta en un solo clic, o, si requieren completar algún dato, serán redirigidos automáticamente a 'Renta web', pero el resto de declarantes cuentan igualmente con esta potente herramienta de asistencia que les facilita la obtención y renovación del número de referencia, la visualización de los datos fiscales y la recepción de mensajes ‘push’ con información de interés, como el momento de la emisión de la devolución.

CAMBIOS EN 'RENTA WEB'

La campaña contará también con ciertas modificaciones en 'Renta web' para dar cabida a novedades normativas, caso de la consideración como gasto deducible de las rebajas en el alquiler de locales practicadas entre enero y marzo del pasado año, o las nuevas deducciones por mejora de la eficiencia energética de las viviendas. También se incorporan, tanto en Renta como en la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio, apartados específicos para la declaración de las monedas virtuales.

A su vez, se mantiene la herramienta para la predicción de errores que se puso en funcionamiento el año pasado al objeto de ayudar a los contribuyentes a evitar errores recurrentes en la declaración y, con ello, el riesgo de una posterior regularización por parte de la administración.

¿OBLIGADOS O NO A DECLARAR?

En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite es de 14.000 euros anuales.

Ambos límites siguen siendo válidos para no declarar si el contribuyente cuenta, en su lugar, o además, con los siguientes rendimientos íntegros: dividendos, intereses y ganancias patrimoniales sometidos a retención con un tope conjunto de 1.600 euros; o rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con el límite conjunto de 1.000 euros.

Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

Por otra parte, se recuerda que los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital deben presentar la declaración, de acuerdo con la normativa que establece el IMV.

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