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Hasta finales de junio, los contribuyentes tienen de plazo para presentar la Renta. Comprobar su borrador o aprovechar todas las deducciones fiscales son cosas imprescindibles que a menudo pasan desapercibidas. Por ello, desde el área fiscal de Ibercaja explican siete cuestiones clave para tener en cuenta antes de mandar la declaración.

1. El 'checklist' básico que no puedes saltarte. Antes de confirmar el borrador, hay una revisión imprescindible: tus datos personales, familiares y económicos.

Empieza por lo básico (nombre, DNI, domicilio y estado civil) y asegúrate de que reflejan tu situación real: hijos, personas a cargo, discapacidad, pensiones compensatorias o asignación tributaria. A partir de ahí, revisa gastos deducibles (maternidad, cuotas sindicales o colegios profesionales), pérdidas de años anteriores, deducciones por vivienda habitual (si es anterior a 2013), donativos o eficiencia energética y comprueba ingresos o movimientos que Hacienda no siempre precarga bien (ventas de inmuebles, acciones o criptomonedas, subvenciones o ayudas públicas).

También conviene revisar aportaciones a planes de pensiones, deducciones autonómicas y otras específicas como maternidad, familia numerosa o inversión en empresas de nueva creación.

2. Puede que no estés obligado a declarar (aunque podría convenirte hacerlo). Con carácter general, no tienen obligación quienes obtengan rendimientos del trabajo inferiores a 22.000 euros anuales con un único pagador.

Se considera un único pagador cuando, habiendo varios, el segundo y restantes no superan en conjunto los 1.500 euros (2.500 euros entre el 1 y el 22 de enero de 2025). En caso contrario, habrá que declarar a partir de 15.876 euros. Si existen otros ingresos, habrá que revisar los límites específicos. Además, hay supuestos en los que siempre existe obligación (como perceptores del Ingreso Mínimo Vital o autónomos). Este año, los parados no estarán obligados. En cualquier caso, incluso sin obligación, conviene revisar el borrador, pues si sale a devolver interesa presentar la declaración.

3. Los donativos a ONGs y fundaciones, una de las deducciones más potentes. Puedes deducirte el 80% de los primeros 250 euros donados a ONGs y fundaciones y entre un 40% y un 45% sobre el resto si hay recurrencia en las aportaciones a la misma entidad durante varios años. Eso sí, es imprescindible que la entidad esté acogida a la Ley 49/2002 y contar con su certificado.

4. Reduce los impuestos de tus ganancias patrimoniales compensando tus pérdidas. Puedes restar pérdidas de ganancias dentro de la base del ahorro y, si sobran, utilizarlas durante los cuatro años siguientes o compensarlas parcialmente con dividendos o intereses (hasta el 25%). La clave es revisar qué pérdidas arrastras y si te interesa generar ganancias para compensarlas antes de que caduquen. Eso sí, si generas pérdidas, no puedes recomprar el mismo activo en un plazo corto (dos meses en acciones cotizadas) o Hacienda no las admitirá.

5. Apostar por la movilidad eléctrica tiene sus compensaciones. La compra de un vehículo eléctrico o la instalación de un punto de recarga también tiene impacto directo en tu IRPF.

En ambos casos, puedes aplicar una deducción del 15%. En el caso de la adquisición de un coche eléctrico nuevo (no afecto a actividad económica), la deducción se realiza sobre un máximo de 20.000 euros, mientras que la base máxima en caso de instalar sistemas de recarga es de 4.000 euros. Esto implica que la deducción máxima es de 3.000 euros y 600 euros, respectivamente. Además, conviene revisar las deducciones autonómicas, que pueden ampliar este beneficio.

6. Deducir la inversión en obras de eficiencia energética. Mejorar la eficiencia energética de tu vivienda permite acceder a deducciones en el IRPF.

Del 20% (hasta 5.000 euros) si reduces al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración, del 40% (hasta 7.500 euros) si reduces un 30% el consumo de energía no renovable o mejoras la calificación a A o B y del 60% (hasta 5.000 euros anuales durante cuatro años, para un máximo de 15.000 euros total) en edificios residenciales con mejoras similares. Es imprescindible contar con certificados energéticos antes y después de la obra. No se incluyen importes subvencionados ni viviendas afectas a actividades económicas.

7. Las deducciones autonómicas, un gran aliado a menudo olvidado. Las deducciones autonómicas son, probablemente, el punto más infravalorado de la declaración. A diferencia de las estatales, muchas no vienen incorporadas en el borrador y no son menores: pueden afectar a gastos cotidianos que ni siquiera asocias con la Renta.

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