ep el presidente de la generalitat quim torra durante el acto de balance de la campana del gobierno
El expresidente de la Generalitat, Quim TorraDavid Zorrakino - Europa Press

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha acordado rebajar la inhabilitación del expresidente de la Generalitat Quim Torra, descontándole uno de cada tres días de los ocho meses que estuvo suspendido como diputado del Parlament. Además, también ha acordado mantenerle la pensión de exjefe del ejecutivo catalán.

En un auto, conocido este lunes, la sala civil y penal ha dirimido los límites de la ejecución de la condena a año y medio de inhabilitación que se impuso a Torra, por un delito de desobediencia, al desoír la orden de la Junta Electoral para que retirara los símbolos de apoyo a los políticos presos del 'procés' de los edificios públicos durante la campaña.

Aunque cabe destacar que la decisión del TSJC cuenta con el voto particular del presidente de este órgano, Jesús María Barrientos, que cree que Torra no debería percibir la pensión que le corresponde como expresidente hasta que haya extinguido la pena de inhabilitación impuesta.

COMPENSAR EL TIEMPO QUE ESTUVO SUSPENDIDO

Según apunta el propio TSJC, ha aceptado rebajar la inhabilitación de Torra para compensar el tiempo que estuvo suspendido como diputado por orden de la Junta Electoral. Cabe recordar que el pasado 27 de enero la JEC le retiró el acta al aplicarle un artículo de la ley electoral que establece que son inelegibles los condenados por delitos contra la administración pública, entre ellos desobediencia, aunque la sentencia no sea firme.

Ahora la sala ha optado por un término medio entre la postura de la Fiscalía, que pedía que no se descontara a Torra el tiempo en que estuvo cesado como diputado, y su defensa, que reclamaba rebajarle la mitad de los ocho meses en que ha estado suspendido, de forma que la pena inhabilitación se extinguirá en enero de 2022.

La Justicia ha accedido a rebajar los meses de inhabilitación de Torra al entender que la condición de diputado del Parlament que perdió el 27 de enero pasado "se corresponde con uno de los efectos privativos de la pena de inhabilitación especial a la que ha sido condenado".

Esto en lo que respecta a la mencionada condena, porque Torra aún tiene pendiente una segunda causa por desobediencia por desoír otra orden de la sala contenciosa del TSJC para que descolgara la pancarta a favor de los presos del Palau de la Generalitat de forma permanente, no solo en campaña electoral. Habrá que ver qué ocurre en este caso.

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