• Estos dos profesores han explicado cómo los contratos e incentivos influyen en la toma de decisiones y las relaciones de negocios
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Oliver Hart y Bengt Holmström han sido galardonados con el Premio de Ciencias Económicas del Banco de Suecia en memoria de Alfred Nobel, conocido como el Premio Nobel de Economía 2016, "por su contribución a la teoría de los contratos". Hart, de 68 años y nacido en Londres (Reino Unido), es profesor de la Universidad de Harvard, mientras que Holmström, de 67 y nacido en Helsinki (Finlandia), es profesor en el Massachusetts Institute of Technology (MIT).

El Nobel de Economía rompe la tendencia de los dos últimos años, cuando el galardón fue otorgado de manera individual a Angus Deaton (2015) y Jean Tirole (2014)

La Real Academia Sueca de la Ciencias ha subrayado la importancia de las herramientas teóricas creadas por Hart y Holmström a la hora de "comprender los contratos en la vida real y las instituciones, así como los riesgos potenciales en el diseño de los mismos". Con la decisión de este lunes, el Nobel de Economía rompe la tendencia de los dos últimos años, cuando el galardón fue otorgado de manera individual a Angus Deaton (2015) y Jean Tirole (2014).

En la nota de prensa que se ha dado a conocer, la Academia explica que "muchas relaciones contractuales de la sociedad tienen lugar entre una compañía de seguros y los propietarios de automóviles, o una autoridad pública y sus proveedores", y como "este tipo de relaciones suelen implicar conflictos de interés, los contratos deben ser diseñados adecuadamente" para garantizar que las partes "tomen decisiones mutuamente beneficiosas".

Precisamente los galardonados de este año "han desarrollado la teoría del contrato, y un marco global para el análisis de muchas cuestiones diversas en el diseño contractual, tales como el pago basado en el rendimiento para los altos ejecutivos, deducibles y copagos en el seguro, y la privatización de las actividades del sector público".

Desde sus contribuciones iniciales, Hart y Holmström han lanzado la teoría del contrato "como un fértil campo de la investigación básica". Además, durante las últimas décadas también han explorado muchas de sus aplicaciones. "Su análisis de los acuerdos contractuales establece una base intelectual para el diseño de políticas e instituciones en muchas áreas, desde la legislación sobre quiebras hasta las constituciones políticas".

SUS PRINCIPALES CONTRIBUCIONES

A mediados de la década de 1980, Hart hizo contribuciones fundamentales a una nueva rama de la teoría de los contratos que se ocupa de los contratos incompletos

A finales de la década de 1970, Bengt Holmström demostró cómo un principal (por ejemplo, una compañía de accionistas) debe diseñar un contrato óptimo para un agente (CEO de la compañía), y cómo este contrato debe vincular la retribución del agente a la información relevante para el rendimiento. En un trabajo posterior, Holmström generalizó estos resultados a una configuración más realista: lo que ocurre cuando los empleados no sólo son recompensados ​​con su sueldo, sino también promocionan; cómo los agentes gastan esfuerzo en muchas tareas, mientras que los directores observan sólo algunas dimensiones del trabajo; y cómo los miembros individuales de un equipo pueden aprovecharse de las actividades de los demás.

Por su parte, a mediados de la década de 1980, Oliver Hart hizo contribuciones fundamentales a una nueva rama de la teoría de los contratos que se ocupa del caso importante de los contratos incompletos. Debido a que es imposible especificar todas las eventualidades en un contrato, esta rama de la teoría explica las asignaciones óptimas de los derechos de control. Sus hallazgos han arrojado nueva luz sobre la propiedad y el control de las empresas y han tenido un gran impacto en varios campos de la economía, así como las ciencias políticas y derecho.

"Su investigación nos proporciona nuevas herramientas teóricas para el estudio de cuestiones tales como qué tipo de empresas deben fusionarse, la combinación adecuada de la deuda y la financiación de capital, y cuándo las instituciones tales como escuelas o prisiones debería ser de propiedad privada o pública", dice la academia en la nota de prensa.

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