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Los cobros de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) pueden tener incidencia en la declaración de la Renta de este año, con lo que habrá que prestar atención a la hora de presentarla, puesto que se considera como si el trabajador hubiera tenido dos pagadores. Sin embargo, el problema viene cuando el afectado por un ERTE ha tenido fallos en el cobro de la prestación. ¿Qué ocurre en estos casos?

Son muchos los afectados por las incidencias en las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que están llevando a fallo en el cobro de los ERTE. El retraso en recibirlo es uno de ellos. En este caso, si la situación se regulariza antes de la presentación de la declaración de la Renta, no habría problemas, pero si la prestación correspondiente no se ha recibido una vez llegado el plazo, hay dos opciones.

Como explican desde el Consejo General de Economistas de España, a través de sus órganos especializados en fiscalidad, una opción es reflejar en la Renta la cantidad que se debería haber cobrado y probarlo con los documentos necesarios. Otra vía puede ser la de poner en la declaración las cantidades que se han recibido y después presentar la reclamación correspondiente, como la de cobros indebidos. Algo que también valdría para aquellos que han recibido cobros de prestaciones por encima de lo que le correspondían.

Por otro lado, a la hora de realizar la declaración, conviene también prestar atención a otros aspectos para evitar sustos. Como los pagos del SEPE, en función de su cuantía, no han sido objeto de retención, o esta ha sido mínima, hay que tener en cuenta si en todo el año se obtienen ingresos del trabajo superiores a 14.000 euros. En este caso, habrá que declarar y prepararse por si se tiene que pagar por la parte de los ingresos que no han tenido retención, destacan los economistas, avisando de que aún se está a tiempo, antes de finalizar el año, de solicitar a la empresa que retenga una mayor cuantía para amortiguar el resultado de la declaración. También puede solicitarse al SEPE que aumente la retención, si se continúa en el ERTE hasta final de año.

Además, si se cobran más de 1.500 euros del SEPE, el límite que obliga a declarar por los rendimientos del trabajo es de 14.000 euros, con lo que puede que trabajadores que normalmente no tuvieran la obligación de declarar tengan que presentar la próxima Renta por el hecho de haber entrado en un ERTE. Como explican desde Gestha, los trabajadores en situación de ERTE que cobren menos de 22.000 euros no tendrán obligación de declarar si no reciben de otros pagadores más de 1.500 euros en el año. Así, de igual manera, aconseja que, si los contribuyentes no tienen capacidad de ahorro, soliciten un incremento de las retenciones sobre la nómina de diciembre a sus respectivas empresas para evitar "sorpresas" en junio de 2021.

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