• Los bancos aumentan la venta por la desgravación que ofrecen en la declaración de la renta
  • Aunque la fiscalidad de los fondos de inversión es más atractiva para muchos perfiles
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Contrata un plan de pensiones y ahorra en la próxima declaración de la renta. Este es principal reclamo de bancos y gestoras para captar dinero en el tramo final de año en sus productos, gestionados en fondos de pensiones. No en vano, este tipo de vehículos permite una desgravación de hasta 8.000 euros en la declaración de la renta y de 2.500 euros si la aportación es para el cónyuge. Un elemento que deben tener en cuenta los contribuyentes. No obstante, la fiscalidad de los fondos de inversión es incluso más atractiva según las necesidades y el horizonte temporal.

Los meses de noviembre y diciembre son históricamente el periodo en el que los fondos de pensiones reciben la mayor aportación por parte de sus partícipes. O las fechas en las que más productos de este tipo se contratan. Según los datos de Inverco, patronal de las gestoras, el patrimonio de estos vehículos alcanzó en el tercer trimestre -antes del empuje final de año- los 104.580 millones de euros. Por su parte, los fondos de inversión acumulan en octubre un total de 229.739 millones de euros.

Las dos principales figuras de inversión colectiva han crecido durante los últimos años en España. La recuperación se ha trasladado a la industria en forma de captación de más capital. Los dos productos permiten al ahorrador particular contratar una gestión profesional para invertir sus ahorros, tener diversificación y, también, ventajas fiscales importantes.

Las grandes diferencias se basan en la liquidez y, precisamente, en su fiscalidad. En el primer caso, el vehículo está configurado para la jubilación. Para rescatarlo antes de tiempo es necesario que se cumplan requisitos desafortunados: desempleo de larga duración, enfermedad grave o fallecimiento -en este caso para sus familiares-. Aunque la última reforma fiscal ha establecido ventanas de liquidez que se abren 10 años después de las aportaciones. La primera será el 1 de enero de 2025.

Por su parte, los fondos de inversión permiten vender la participación en cualquier momento -salvo especificaciones en sentido contrario- y recuperar el dinero sin penalización -a excepción de los que tienen comisión de reembolso-. En general, esto debe ser una ventaja respecto a los fondos de pensiones. Sin embargo, “el hecho de que no se pueda recuperar la inversión asegura que esta será un vehículo de largo plazo”, lo que para muchos puede ser positivo al eliminar la tentación de vender con pérdidas o con aumentos de volatilidad, argumenta Fernando Luque, editor de Morningstar España.

Las aportaciones a fondos de pensiones se pueden desgravar en la declaración de la renta, con un máximo de 8.000 euros y con el límite del 30% del salario

No obstante, y salvo para ahorradores poco pacientes que inviertan de cara a la jubilación, elegir un fondo de pensiones en vez de uno de inversión se basa en el atractivo fiscal. Pese al varapalo que hay que soportar en el momento del rescate. Pero hasta entonces, las aportaciones se pueden desgravar en la declaración de la renta, con un máximo de 8.000 euros y con el límite del 30% del salario o del rendimiento de las actividades económicas que se declaran.

Prácticamente ningún vehículo de ahorro puede competir con esta ventaja. Tampoco los fondos de inversión, que no ofrecen esta posibilidad. Sin embargo, a la hora de rescatar el producto la balanza se voltea. La diferencia es abismal: los fondos de pensiones tributan como rendimientos del trabajo y los de inversión por ahorro. Esto quiere decir que los fondos de pensiones computan en el IRPF, y por lo tanto según el declarante el 'palo' de Hacienda puede alcanzar con el tipo marginal más alto, que actualmente es del 43% en la Comunidad de Madrid al 48% de varias regiones. Esto es fundamental para elegir rescatar todo el dinero acumulado en un único pago o en varios si se elige prestación en capital -la otra opción es rentas periódicas-, huyendo de los tramos más elevados.

Las aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006 permiten una bonificación por antigüedad del 40% para el rescate en forma de capital. Se estableció un periodo transitorio que permite aplicarla a la parte de la prestación que corresponda a aportaciones (y sus rendimientos) realizadas con anterioridad a esa fecha.

Por el contrario, con la escala de tributaciones actual, los fondos de inversión se enfrentan a un tipo de entre el 19% y el 23% de la base imponible del ahorro. Es decir, si la decisión entre fondos de inversión y de pensiones se basa en la fiscalidad, conviene echar cuentas antes de la compra del producto.

“La elección entre ambos tipos de productos depende de las necesidades del inversor. La deducción de los planes de pensiones es una ventaja importante, aunque luego tributen por renta. Pero actualmente en España los fondos de inversión tienen una gama mayor y más agilidad para cambiar de producto o recuperar el dinero”, explica Carmelo Lázaro, director de grandes patrimonios de Tressis.

¿Y RESPECTO A LAS ACCIONES?

Los fondos de inversión y de pensiones comparten además una ventaja fiscal respecto a la compra directa en acciones o en otros tipos de instrumentos financieros. Existe la figura del traspaso entre diferentes fondos, sin tener que declarar pérdidas o ganancias y, por lo tanto, sin enfrentarte a Hacienda. En el caso de acciones, bonos o ETF, la venta y la compra son dos operaciones distintas. Y en la primera hay que tributar el beneficio si es el caso.

Esta ventaja consiste en un pago en diferido. Ya que tarde o temprano, cuando se rescate el dinero, se pagarán impuestos. Sin embargo, el interés compuesto favorece a esta práctica: todo lo que sea retrasar el pago, permitirá a la inversión trabajar en mayores rentabilidades acumuladas.

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