gamer streamer

Recientemente se ha vuelto a abrir el debate acerca de la residencia fiscal de los creadores de contenidos en plataformas como Twitch o YouTube, con la huida de 'El Rubius' a Andorra para pagar menos impuestos. De hecho, la tributación en España puede llegar a alcanzar un 52%, en comparación con la de tierras andorranas, donde su máximo sería del 10%. Sin embargo, a aquellos profesionales dedicados al 'gaming' o al 'streaming' que deciden declarar sus ingresos en nuestro país les pueden surgir dudas acerca de cómo llevarlo a cabo.

A efectos legales, el 'gaming' consiste en la ejecución de videojuegos de forma profesional a cambio de una compensación económica. Para Hacienda, por tanto, un 'gamer' es una persona que se dedica de manera profesional a competir o jugar a videojuegos.

Por su parte, un 'streamer' es una persona creadora de contenido que difunde a través de alguna plataforma o medio de comunicación social online en tiempo real. De forma general, el contenido de los 'streamers' les muestra a ellos mismos jugando a videojuegos, comentándolos, o creando una tertulia con invitados y los espectadores del 'streaming'.

Dentro de los 'streamers' encontramos a aquellos que retransmiten su contenido como pasatiempo, sin obtener ingresos, y aquellos para los que se trata de una actividad profesional y organizada, es decir, obtienen ingresos de forma regular y mantienen un horario establecido de retransmisión semanal.

Marta Zaragozá, CEO de Declarando, afirma que "el sector de la creación de contenidos digitales y de las competiciones deportivas online está creciendo de manera exponencial en los últimos años. Cada día son más los jóvenes que tratan de hacer de su afición una forma de vida o, al menos, intentan obtener algún tipo de rentabilidad económica de una ocupación en la que invierten mucho tiempo y dinero".

Se entiende que los profesionales del 'gaming' o del 'streaming' pueden percibir ingresos de su actividad o de otras fuentes secundarias asociadas a ese trabajo, como pueden ser las colaboraciones con marcas para hacer publicidad, las emisiones en directo a través de internet o los premios que ganan en las diferentes competiciones online.

Al ser un trabajo retribuido, un 'gamer' o 'streamer' debe darse de alta en Hacienda y en la Seguridad Social en el momento en el que recibe ingresos. Es entonces cuando se entiende que está ejerciendo una actividad económica y, por tanto, debe atender a las obligaciones propias de la actividad, como son darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), asumir el pago de la cuota mensual de autónomos y atender a la presentación trimestral de los impuestos.

Sin embargo, aquellos que tengan ingresos inferiores a 1.000 euros anuales no tienen por qué darse de alta, puesto que Hacienda fija el nivel de ingresos mínimos en esta cifra. Por ejemplo, si un jugador gana un premio en una competición de manera esporádica, y el importe total no supera los 1.000 euros, bastará con declarar ese ingreso en la Declaración de la Renta.

Como cualquier trabajador autónomo, la obligación de los 'gamers' y 'streamers' dados de alta en el RETA será la presentación trimestral de los impuestos que le correspondan. Los más habituales son:

- El modelo 303: que sirve para abonar el IVA recaudado en las facturas.

- El modelo 130: que se aplica si la actividad no es profesional y, por tanto, las facturas no tienen retención de IRPF.

- El modelo 100: que es la Declaración de la Renta.

Además, aquellos trabajadores que vendan o compren a clientes o proveedores situados en cualquier otro país de la Unión Europea, deberán darse de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI), donde se les asignará un número NIF-IVA para poder comerciar bajo las normas del IVA intracomunitario.

Una de sus fuentes de ingresos más común son las suscripciones o donaciones de los usuarios de las plataformas donde se desarrolla la actividad. En estos casos, Hacienda entiende que los ingresos provienen del 'gaming', por lo que se declaran como ingresos de la actividad económica a efectos de IVA y de IRPF.

Por lo tanto, un 'gamer' o 'streamer' que realice vídeos en directo a través de una plataforma online y perciba 5.000 euros de suscripciones y donaciones de sus seguidores, y 1.000 euros de una empresa de publicidad, deberá facturar a la plataforma a través de la que emite y a la empresa de publicidad, aplicando en ambos casos el 21% de IVA y la correspondiente retención de IRPF en los casos que proceda.

Si no cumples con tus obligaciones fiscales en el desarrollo de tu actividad económica, puedes tener problemas con la administración e incluso verte en la necesidad de hacer frente a multas y sanciones.

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