• Reclama más transparencia, que se eviten conflictos de interés y que se diseñen productos más adecuados para el cliente
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El Gobierno ha aprobado una nueva normativa para proteger a los clientes de algunas prácticas de los bancos. En la reunión del Consejo de Ministros de este viernes ha sacado adelante un Proyecto de Ley que transpone una directiva europea y con el que pone más requisitos a las entidades que venden productos de inversión basados en seguros.

Según ha explicado el Ministerio de Economía en una nota, desde ahora los bancos estarán obligados a informar al cliente de todos los costes y gastos asociados, y también a advertirle sobre los riesgos conexos a los productos de inversión basados en seguros o a determinadas estrategias de inversión propuestas. Además, deberán proporcionar una evaluación periódica de la idoneidad del producto de inversión cuando se ofrezca asesoramiento.

Los corredores y agentes de seguros deberán demostrar sus conocimientos para poder ejercer su actividad

Lo que ha hecho el Gobierno es reforzar las normas de conducta y transparencia y establecer nuevos requisitos con el objetivo de evitar conflictos de interés que puedan perjudicar al cliente. Y no sólo eso, ya que también ha introducido un concepto, el de ventas vinculadas y combinadas, es decir, aquellas que ofrecen productos de seguros conjuntamente con otros servicios o productos distintos de los seguros como parte de un mismo paquete o acuerdo. Desde ahora, el distribuidor de seguros deberá informar en este caso si los distintos componentes pueden adquirirse de forma separada, e indicarle los correspondientes justificantes de los costes y gastos de cada componente.

Asimismo, se establecen requisitos en materia de gobernanza de productos, en particular en el diseño, aprobación y control de los mismos, de forma que los distribuidores de seguros que diseñen sus propios productos para su venta deberán elaborar, mantener y revisar un proceso de aprobación para cada uno de estos productos, así como de las modificaciones que estos puedan sufrir con el paso del tiempo. Deberán igualmente, dice el departamento que dirige Román Escolano, identificar el mercado al que se destina el producto.

Por otro lado, la nueva norma refuerza el régimen de infracciones y sanciones. Se establecen procedimientos específicos para canalizar las denuncias públicas frente a infracciones en materia de distribución de seguros y reaseguros, lo que según Economía fomentará la colaboración de los profesionales que trabajen en el sector, sin que ello implique riesgos laborales para los que comuniquen estas irregularidades. Además, se han reforzado los poderes de supervisión de las autoridades de los Estados miembros, de forma que va a mejorar la protección de los usuarios de seguros privados. A todo esto se suma una subida notable de las sanciones actuales (por disposición de la Directiva).

¿QUIÉNES PODRÁN COMERCIALIZAR ESTOS PRODUCTOS?

Este Proyecto de Ley modifica también la estructura del mercado de distribución de seguros y reaseguros, fijando quiénes son los que podrán actuar de distribuidores y los requisitos para acceder a esta actividad. En total, va a afectar a más de 3.200 corredores de seguros y 77.000 agentes de seguros sujetos a la supervisión de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, a los sujetos a la supervisión de las comunidades autónomas, y a todas las entidades de seguros que distribuyan seguros directamente.

Desde ahora, se considerará como distribuidores de seguros y reaseguros, más allá de los mediadores tradicionales (agentes y corredores), a las entidades aseguradoras y reaseguradoras; a los mediadores de seguros complementarios, entre los que se incluyen a los participantes en el mercado que distribuyen productos de seguros con carácter accesorio; y a los comparadores de seguros. Además, en el caso de los operadores de banca-seguros, la entidad de crédito o el establecimiento financiero de crédito podrá poner su red de distribución a disposición de más de un operador de banca-seguros.

La norma prevé que los mediadores de seguros puedan servirse de sitios web o diferentes técnicas de comercialización a distancia, eso sí, siempre que proporcionen al cliente información comparando precios o coberturas de un número determinado de productos de seguros de distintas compañías. En cuanto a los requisitos para acceder a la actividad, el Ministerio asegura que con esta normativa se reforzarán los de profesionalidad y competencia de los mediadores de seguros y reaseguros, así como de los empleados de entidades aseguradoras que intervengan en la distribución de seguros. De esta forma, sus conocimientos profesionales estarán en consonancia con el nivel de complejidad y naturaleza de sus actividades.

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