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El Tribunal Supremo ha confirmado la estafa piramidal de Fórum Filatélico y ha condenado a 16 acusados por el caso a penas de prisión de entre seis meses y once años. En consecuencia, los estafados serán indemnizados por las cantidades que entregaron a la firma sin tener en cuenta los intereses pactados que no fueron abonados.

Concretamente, ha condenado a Francisco Briones, quien fuera presidente de la sociedad, a once años y diez meses de prisión por un delito continuado de estafa agravada en concurso con insolvencia punible y continuado de falseamiento de cuentas anuales, así como blanqueo de capitales. Además, deberá pagar una multa de 49,7 millones de euros. Esta condena es inferior a la que le impuso la Audiencia Nacional, que era de seis meses más por considerar una atenuante en relación con el delito de blanqueo de capitales.

Los magistrados del alto tribunal, así, creen probado que los inversores de Fórum Filatélico desconocían que los sellos no valían ni una pequeña parte del dinero que entregaban y que no se revalorizaban, por lo que el capital invertido se iba devolviendo únicamente a través de la captación de nuevos clientes con intereses superiores a los que ofrecían los bancos.

El dinero que la empresa recibía de los clientes se destinaba a la compra de nuevos sellos a precios muy inferiores a los que luego se vendían o adjudicaban a otros, a pagar a los clientes que deseaban recuperar su inversión o a quienes percibían el interés asegurado y al funcionamiento de la empresa, mientras que otra parte se desviaba hacia el patrimonio personal de los acusados, algo que, lógicamente, los inversores desconocían.

INDEMNIZACIÓN A LOS AFECTADOS

La sentencia del Supremo establece el derecho a indemnización para los afectados por la estafa piramidal, por el que tendrán que responder Biones y el exasesor jurídico de la empresa Juan Ramón González Fernández, así como, subsidiriamente, Fórum Filatélico, aunque de la misma se descontará lo ya percibido por los perjudicados tras la liquidación de la compañía y sin contar los intereses pactados que no hubiesen sido abonados.

La condena a González Fernández también ha sido rebajada tras la corrección de aspectos técnicos respecto a la sentencia de la Audiencia Nacional y pasa de seis años y tres meses a tres años y tres meses de prisión, a lo que se suma una multa de 15,9 millones, dado que el tribunal entiende su actuación en relación con el delito de estafa como de cómplice y no de cooperador necesario.

Por otra parte, la sentencia absuelve a cuatro de los veinte condenados por la Audiencia Nacional, al considerar que no hay prueba suficiente contra ellos y que debe prevalecer su presunción de inocencia. La pena del testaferro Pedro Ramón Rodríguez, se le reduce en seis meses la pena (hasta tres años) como cómplice de la estafa, porque las acusaciones pedían para él tres años de prisión y ese límite no puede rebasarse en virtud del principio acusatorio.

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