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Archivo - Un hombre entra una oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (Sepe).Carlos Luján - Europa Press - Archivo

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cuenta con una prestación con características similares a las del paro, aunque se pueden beneficiar de ella aquellos trabajadores que cuenten con menos de un año cotizado. Este "subsidio por cotización insuficiente", más conocido como 'mini paro', ofrece una cuantía mensual del 80 % del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), lo que, tras las últimas actualizaciones, supone un importe de 463,2 euros.

Para optar a esta prestación, el trabajador debe estar desempleado, registrado como demandante de empleo -este registro se tiene que mantener durante todo el período de percepción- y haber cotizado al menos 3 meses, si tiene responsabilidades familiares, o al menos 6 meses si no las tiene, y no llegar a los 360 días. Además, no puede percibir rentas de cualquier tipo superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional.

La duración del 'mini paro' depende de los meses cotizados y de la situación familiar. El primer supuesto se refiere a sujetos con responsabilidades familiares. En ese caso, para trabajadores que hayan completado 3, 4 o 5 meses de empleo se mantendrá durante otros 3, 4 o 5 meses, respectivamente. En el caso de vinculaciones laborales iguales o superiores al medio año, la prestación se extenderá durante 21 meses.

Si el solicitante no cuenta con responsabilidades familiares, "el subsidio durará 6 meses si ha cotizado 6 o más meses". Además, para los fijos discontinuos, la duración del subsidio será igual al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.

Las cotizaciones que sirvan para aprobar este subsidio no podrán ser tenidas en cuenta en una situación legal de desempleo posterior, para acceder a una nueva prestación de nivel contributivo o asistencial.

En lo que respecta al importe, si el beneficiario tenía un trabajo a tiempo parcial, la cuantía se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas en el último contrato. La solicitud deberá presentarse en el plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la situación legal de desempleo.

El SEPE recuerda que si el potencial beneficiario tiene más de 65 años puede solicitar un subsidio especial para esta edad, que ofrece la misma cuantía, aunque establece diferencias en algunos requisitos.

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