• Bárcenas debía indemnizar con 50.000 euros a Cospedal por una 'grave' ofensa a su fama
  • La Audiencia se negó a tramitar el recurso al entender que debía haberlo interpuesto ante el Supremo
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El Tribunal Supremo ha ordenado a la Audiencia Provincial de Toledo tramitar el recuso interpuesto por el extesorero del Partido Popular, Luis Bárcenas, contra una sentencia que le condenaba a indemnizar con 50.000 euros a la secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal.

De este modo, queda sin efecto el auto de la Audiencia que se negaba a tramitar el recurso interpuesto por el extesorero contra la sentencia del pasado 5 de febrero en la que se condenaba a Bárcenas a pagar 50.000 euros a Cospedal por la”grave y escandalosamente perjudicial” ofensa a su fama cometida, al asegurar que la dirigente popular había cobrado de la caja B del partido. Además, también se obligaba a Bárcenas a “cesar en la intromisión ilegítima”, es decir a no volver a mencionar que Cospedal cobró sobresueldos, informa El Mundo.

Bárcenas pedía la revisión de la sentencia al entender que "se apoya en la prueba de presunciones obviando la existencia de prueba directa sobre los hechos"

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En el recuso interpuesto por Bárcenas , se pedía la revisión de la sentencia al entender que "se apoya en la prueba de presunciones obviando la existencia de prueba directa sobre los hechos".

La Audiencia, en ese momento, se negó a tramitar el recuso al considerar que el extesorero debería haberlo interpuesto en el Tribunal Supremo, según indica el diario. Ahora, el Supremo ordena la tramitación del recurso y será el Alto Tribunal quien decida sobre el litigio entre Bárcenas y Cospedal.

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