• En España no es habitual la práctica de prestar acciones en el caso de los particulares, pero sí existe esa posibilidad
  • La letra pequeña de los contratos cobra, una vez más, especial relevancia cuando se trata del préstamo de acciones
Acciones bolsa

Transparencia y confianza. Dos realidades que deberían estar muy presentes en la relación entre las entidades financieras y los brókers y sus clientes y que, a día de hoy, están considerablemente menoscabadas. La sentencia de la Unión Europea sobre las cláusulas suelo, en contra de los bancos, es el último capítulo de una historia que se repite y que va más allá, puesto que alcanza a más productos y activos financieros.

Urge normalizar las relaciones entre las partes y para ello hay que trabajar en la transparencia y restituir esa confianza perdida, algo que sólo se conseguirá si ambos, entidades y clientes, salen ganando sin que ninguno trate de hacerlo a costa del otro. Esta necesidad debería incluir a una operativa siempre envuelta en polémica, como la de ponerse cortos o bajistas en un valor, y en torno a la que no abunda la transparencia.

El Nuevo Sistema de Compensación, Liquidación y Registro de Valores ha traído cambios que aún no están del todo asimilados y que convendría explicar a fin de evitar sorpresas desagradables en un futuro

El Nuevo Sistema de Compensación, Liquidación y Registro de Valores ha traído cambios que aún no están del todo asimilados y que convendría explicar a fin de evitar sorpresas desagradables en un futuro. Uno de ellos supone el uso generalizado de las cuentas de 'segregación general', también conocidas como cuentas omnibus (OSA, Omnibus Segregated Account). Estas cuentas implican que el bróker donde se abre la cuenta es el único titular de las acciones de todos sus clientes de forma agrupada, al tiempo que mantiene un registro interno con detalle de quién es el propietario real de cada acción. Si se quiere figurar como propietario de las acciones, entonces el cliente debe solicitar una cuenta de 'segregación individualizada' (ISA, Individual Segregated Account), en la que el titular de las acciones sigue siendo el bróker, pero de manera conjunta con el cliente.

En la práctica, el cliente que tiene una cuenta omnibus también disfruta de determinadas ventajas que pueden traducirse en menores comisiones o beneficios de algún otro tipo que impliquen, igualmente, pagar menos dinero. Trabajar con cuentas de 'segregación general' beneficia al bróker (ahorra costes de transacción con los intermediarios y hace la operativa más fluida) y éste repercute esos beneficios al cliente.

Sin embargo, la clave, como siempre, está en la letra pequeña y, otra vez, en la transparencia, porque el bróker tiene también otras formas de beneficiarse de las cuentas omnibus, mediante el empleo de las acciones del cliente, de las que éste último no siempre es consciente. Es lo que ocurre, por ejemplo, en el préstamo de valores, que sirve como base para abrir posiciones cortas o bajistas.

EL PRÉSTAMO DE ACCIONES QUE ESTÁ EN LA LETRA PEQUEÑA

"Aquí lo importante es que el dueño de las acciones sea consciente de que se prestan". Esta es la idea principal, en opinión del director general de Renta 4, Jesús Sánchez Quiñones, cuando se debate sobre la idoneidad o no de que el bróker titular de tus acciones las preste para que un tercero se ponga corto.

Cuando alguien quiere invertir a la baja por un valor, vende primero caro para luego comprar barato, y para eso necesita que le presten las acciones. La práctica de prestar títulos, mucho más extendida entre los brókers extranjeros que entre los españoles, es 'más fácil' para el bróker cuando trabaja con cuentas omnibus, que le otorgan la titularidad de las acciones. Eso sí, para que el bróker puede prestar tus títulos, previamente deberá estar autorizado para ello, y ahí es donde entra en juego, de nuevo, la letra pequeña de los contratos que firmamos. "El problema es que los contratos a lo mejor tienen 'cuatrocientas' cláusulas y que son contratos de adhesión", explica Sánchez Quiñones, por lo que no puedes pedir quitar una cláusula concreta si no te convence.

"El que quiera que se presten las acciones, tiene que recibir una contraprestación por ello. La gente no puede quedarse sólo con la idea de que las comisiones son bajas y no ir más allá", señala Gregorio Hernández

En España es complicado encontrar un bróker que preste acciones. El bróker de origen holandés Degiro, que opera aquí desde finales de 2013, sí lo hace. Degiro ofrece dos cuentas, la 'Basic' y la 'Custody', y si optas por la primera de ellas, el contrato recoge que le das al bróker la autorización para que preste tus acciones, mientras que la segunda opción no incluye el préstamo de acciones. La primera cuenta ofrece al cliente ventajas, como no cobrar por la tramitación de dividendos y cupones, que no ofrece la segunda y que la hacen más atractiva, pero Degiro confirma que no se retribuye directamente a los clientes por prestar sus acciones a presar de que los brókers reciben un 'alquiler', un tipo de interés, cuando lo hacen. "La contraprestación (por prestar las acciones) es la gratuidad en otros servicios", explican desde Degiro, que ha sido elegido mejor bróker online en 2016 por Financial Times y aparece constantemente como uno de los más baratos del mercado y que menos comisiones cobra.

Es habitual que los brókers que prestan acciones sean también los que ofrecen comisiones más ventajosas, pero parece que lo que no es habitual es que el cliente reciba directamente una retribución económica por permitir esta práctica. "El que quiera que se presten las acciones, tiene que recibir una contraprestación por ello. La gente no puede quedarse sólo con la idea de que las comisiones son bajas y no ir más allá. Primero deben tener claro que están prestando sus acciones y luego debería recibir lo que les corresponde por ello", recalca el experto en bolsa Gregorio Hernández, autor de nueve libros de divulgación bursátil que están entre los más leídos de Amazon.

LA PARADOJA DE LOS BAJISTAS

El dueño de las acciones no sólo debe conocer que se van a prestar sus títulos para ser consciente de que le corresponde una contrapartida económica por ello, sino que lo debe tener presente por otros motivos. Estas acciones se suelen prestar a grandes fondos, o hedge funds, para que se pongan bajistas en la misma empresa por la que el dueño de las acciones apuesta, lo cual no deja de ser paradójico. Cabría pensar que con nuestras acciones se están propiciando caídas en la empresa al pasar éstas a manos de los bajistas, pero el planteamiento no es tan sencillo. "Las motivaciones por las que un inversor se pone corto pueden ser especulativas o no, ya que puede estar simplemente cubriendo una opción o cualquier otro derivado o estructura compleja. Pero más allá de esto, un accionista que cede sus acciones para ser prestadas no está actuando contra su propia compañía, ya que un inversor que se pone corto tiene exactamente el mismo riesgo (incluso más al pagar intereses) que un inversor que se pone largo", explica Gonzalo Recarte, senior sales trader de Orey Financial. "Si realmente confío en mi compañía, los movimientos alcistas más salvajes suelen darse cuando hay un cierre masivo de cortos", añade Recarte.

Hernández agrega otra razón por la que debemos tener claro si queremos y autorizamos que se presten nuestras acciones, y la resume en una pregunta: "¿Qué sucedería si el bróker X presta las acciones de sus clientes al hedge fund A, que las vende a crédito y después quiebra, sin poder devolver esas acciones al bróker X?"

En definitiva, como siempre, la clave vuelve a estar en la letra pequeña y en la transparencia. El cliente debe leer y entender lo que firma y el bróker, en este caso, debe ser claro y transparente a la hora de explicar lo que ofrece. Es una labor de dos y los dos deben ganar.

EL CLIENTE DECIDE Y COBRA

Frente al préstamo de acciones en el que el particular dueño de las mismas, en muchas ocasiones, no tiene 'ni voz ni voto', existen otras posibilidades que permiten a éste beneficiarse, directamente, por alquilar sus títulos. La plataforma de Self Bank facilita esta práctica a sus clientes. Así, un inversor a largo plazo que no tenga intención de vender sus acciones puede recibir una rentabilidad, de hasta un 5% TAE (4,8% nominal), por prestarlas a inversores que quieran utilizarlas para ponerse cortos.

"Tú pones tus acciones en alquiler. En el momento en el que lo haces y el importe es superior a 5.000 euros, quedas exento de la comisión de custodia, independientemente de si te las toman prestadas o no", explica Victoria Torre, responsable del Departamento de Análisis y Producto de Self Bank. Torre sigue detallando que es el cliente el que decide el interés que quiere cobrar -hasta un 10%- y el que lo negocia con el prestatario. "Nosotros nos llevamos la mitad del tipo de interés que pida el cliente. En ese caso, si recibe un 10%, un 5% es para el cliente y un 5% para nosotros. El cliente decide también cuánto tiempo quiere tener las acciones alquiladas", añade Torre.

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