• La ventaja fiscal estará disponible sólo para los ETF que no cotizan en España
  • Los expertos advierten de la discriminación y del perjuicio para los vehículos listados en el mercado español
broker750

Ya no hay freno para el desarrollo de la industria de los ETF en España. Al menos no por fiscalidad. Los fondos cotizados en bolsa dispondrán del sistema de traspasos y de la tributación en diferido en cuanto los brókeres preparen sus operativas para ello. Pero la ventaja fiscal de la que ya disfrutan los partícipes de los fondos de inversión no estará disponible para los vehículos que cotizan en la Bolsa de Madrid. Una discriminación que, en caso de mantenerse de forma prolongada, pone en riesgo su supervivencia.

El tratamiento fiscal de los ETF hasta ahora es como el de una acción. Cuando el inversor genera plusvalías, tiene que pasar por Hacienda cuando realice su declaración de la renta. Algo que se produce cada vez que se vende un ETF con ganancias para comprar otro, ya que no existe la figura del traspaso que permite a los fondos de inversión y fondos de pensiones el diferimiento fiscal. Una ventaja fiscal que ha sido clave para su crecimiento, y que ha llevado a la industria española a gestionar más de 230.000 millones de euros en fondos de inversión y otros 100.000 millones de euros en fondos de pensiones -sumando tanto planes individuales como de empresa-, según las estadísticas de la patronal, Inverco.

Los ETF son vehículos que están a caballo entre los fondos y las acciones. En el primer caso, porque igualmente es una institución de inversión colectiva, aunque su gestión es pasiva y tratan únicamente de replicar a un índice. La diferencia principal con los fondos indexados, y lo que le acerca a las acciones, es su extrema liquidez.

Su fiscalidad, ahora, evolucionará en España desde la que tienen las acciones hasta la que disponen los fondos. Así lo permite Hacienda. La Dirección General de Tributos respondió en octubre a una consulta de una gestora británica que comercializa a través de terceros sus ETF en España, registrados en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). En realidad, ya en 2006 se pronunció de la misma forma, pero entonces su consulta pasó desapercibida ante una incipiente y reducida pretensión del desarrollo de los ETF en España.

Hasta ahora, es un negocio meramente institucional. Con la misma fiscalidad que los fondos se abre la puerta a los inversores particulares, que es lo que faltaba. Iremos viendo más flujos

“Cuando el importe obtenido como consecuencia del reembolso o transmisión de participaciones o acciones en instituciones de inversión colectiva se destine, de acuerdo con el procedimiento que reglamentariamente se establezca, a la adquisición o suscripción de otras acciones o participaciones en instituciones de inversión colectiva, no procederá computar la ganancia o pérdida patrimonial, y las nuevas acciones o participaciones suscritas conservarán el valor y la fecha de adquisición de las acciones o participaciones transmitidas o reembolsadas”, expone la contestación de la Dirección General de Tributos. Es decir, las plusvalías no tendrán que declararse ante la Agencia Tributaria si hay un traspaso. Siempre y cuando, añade la respuesta, sea un vehículo con al menos 500 acciones y el partícipe no posea más del 5%.

Según los datos de Bolsas y Mercados Españoles (BME), al cierre de 2016 los 21 ETF que cotizan en la bolsa española tienen un patrimonio de algo más de 15.000 millones de euros. La mayoría de estos productos son de Lyxor y de Deutsche Bank, aunque también hay de BBVA, que dejó de impulsar este segmento por pasar a considerarlo “no estratégico”, según fuentes cercanas al banco.

Tampoco ha habido una gran demanda de ETF internacionales desde los inversores españoles por el hándicap de la fiscalidad, especialmente entre los particulares. “Hasta ahora, es un negocio meramente institucional. Con la misma fiscalidad que los fondos se abre la puerta a los inversores particulares, que es lo que faltaba. Iremos viendo más flujos”, señala Pedro Coelho, responsable de UBS ETF en España, donde acaba de abrir oficina.

ALICIENTE PARA LOS ETF, AUNQUE NO PARA TODOS

Así, Hacienda pone encima de la mesa el fin de la discriminación fiscal de los ETF en favor de los fondos, dentro de la inversión colectiva. “Puede ayudar al desarrollo de los ETF y ser un buen espaldarazo. Es una barrera menos para estos productos”, opina Eduardo Escario, responsable de desarrollo de negocio de Van Eck en Europa, una gestora estadounidense que registró sus primeros vehículos en la CNMV en 2015. “La fiscalidad de los fondos es sumamente atractiva para el inversor. Los traspasos y el diferimiento fiscal serán un aliciente para los fondos cotizados. Hoy es el inversor institucional el que mueve la mayoría del volumen en ETF y por lo tanto cualquier medida que incentive al inversor particular a invertir en estos productos es positivo”, añade al respecto Juan San Pío, responsable de Lyxor ETF en Iberia y América Latina, una de las firmas que listó en su momento fondos cotizados en la CNMV que cotizan en la bolsa española, algo que no han hecho los gigantes del sector, como iShares -de BlackRock-, Vanguard, State Street, Power Shares o Wisdom Tree.

Ahora, sólo queda que los brókeres incorporen en sus sistemas operativos de trading la fórmula de traspaso para los ETF. Algo que no es baladí, ya que hasta ahora estaban preparados para trabajar con acciones. Para que los fondos cotizados disfruten del diferimiento fiscal es necesario que exista la fórmula del traspaso, por lo que las entidades financieras y los brókeres deben adaptar sus sistemas. “Esto puede llegar a ser algo complejo, y requerirá de un desarrollo operativo específico”, advierte San Pío. "Es cuestión de tiempo que se implemente. No se puede frenar la evolución de los ETF, que cada vez tienen más adeptos", añade Escario.

Es poco probable que esta diferencia se mantenga en el tiempo y si lo hiciera sería probablemente el fin de los ETF cotizados en España

Pero esto ya no depende de Hacienda. La puerta de la penalización fiscal respecto a los fondos está cerrada. Aunque no para todos los ETF, con lo que se abre una nueva puerta de discriminación, en este caso hacia los que cotizan en la bolsa española. La respuesta de la Dirección General de Tributos hace referencia a los productos constituidos en algún país de la Unión Europea que se comercialice en España pero excluye a los que coticen en los sistemas de negociación del mercado bursátil español.

La diferencia anterior entre dos ETF registrados en la CNMV, pero con uno cotizando en la Bolsa de Madrid y el otro en un mercado diferente de la Unión Europea, “sí que puede ser un factor importante a la hora de elegir un ETF u otro únicamente por estar listado en una bolsa u otra. El fondo sería exactamente el mismo, pero los inversores seleccionarían uno u otro atendiendo exclusivamente a su trato fiscal, favoreciendo el que más le convenga”, arguye el responsable de Lyxor ETF en Iberia y América Latina.

Con la misma opinión, aunque de forma más contundente, se pronuncia Unai Asenjo, fundador y CEO de Indexa Capital, que considera que la señalización de Tributos “pondrá fin a una discriminación fiscal a favor de los fondos y en contra de los ETF que no se justifica”. En cuanto a la penalización de los vehículos listados en la bolsa española, “la respuesta da lugar a pensar que se van a tratar de forma diferente los ETF cotizados en la bolsa española frente al resto. No obstante, es poco probable que esta diferencia se mantenga en el tiempo y si lo hiciera sería probablemente el fin de los ETF cotizados en España”.

No todo son desventajas para los ETF listados en el mercado bursátil español. En este sentido, Ángel Martínez-Aldama, presidente de Inverco, pone el énfasis en la retención. Es decir, en que cuando un inversor genere plusvalías, Hacienda retenga en el momento un 19% como impuestos a las ganancias del capital antes de que con la declaración de la renta se realice el ajuste. Con las acciones o con los ETF que cotizan en España, no hay retención, con lo que la tributación se produce en diferido, cuando se realiza la declaración. Mientras que sí que la hay con los ETF cotizados en otros mercados o con los fondos, algo que se puede evitar con los traspasos.

En cualquier caso, “no debe haber discriminación”, defiende Martínez-Aldama. “El Ministerio debe decidir por qué método opta, pero que sea el mismo para los ETF que cotizan en España y para los que lo hacen fuera”, agrega. "Efectivamente, es una discriminación. No puede haber una situación asimétrica en un mismo producto financiero. Es una discriminación a la bolsa española frente a otras bolsas europeas", defienden en la misma línea desde BME.

EL RIESGO DE LA LIQUIDEZ

Los ETF tienen una liquidez casi similar a la de las acciones. La misma fiscalidad entre ambos instrumentos suponía un desincentivo para operar en exceso con estos productos, mientras que una vez que las entidades y los brókeres se adapten no habrá freno a los traspasos. Precisamente esta extrema liquidez de los fondos cotizados fue la razón de que criticara su nacimiento y popularidad en Estados Unidos el fundador de Vanguard, John Bogle.

En el libro 'El pequeño libro para invertir con sentido común', en el que hace una defensa de la gestión pasiva, describió estos vehículos como “una especie de lobo con piel de cordero”. “Sencillamente, el ETF es un fondo diseñado para facilitar operar con sus acciones, vestido con el disfraz del fondo indexado tradicional”, escribió. Aunque en los últimos años, Vanguard se ha convertido en un referente de los ETF.

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