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El precio final de las tarjetas revolving sigue por encima del 22%, a pesar de la sentencia que hace poco más de un año dictó el Tribunal Supremo y que las definía como usura. Aunque es cierto que tras esto las entidades financieras han ido ajustando sus tipos de interés, el precio medio del mercado está instalado en el 22,84% debido a los elevados costes adicionales.

"Los elevados costes de las comisiones de emisión o renovación explican en gran parte que el mercado se mantenga en precios tan elevados", ya que los tipos de interés nominal han descendido, del 18,04% al 16,71%, señalan desde Asufin, cuyo último barómetro sobre el mercado de revolving recoge estas cifras. En él se detalla que muchas tarjetas han continuado su ajuste en tipos de interés o incluso se han sustituido por otras más baratas. Sin embargo, la TAE media apenas varía con respecto a hace seis meses. De hecho, en comparación con el mes de junio, la TAE sólo desciende del 22,86 al 22,84%.

De esta manera, según los cálculos, para una financiación de 1.000 euros a 24 meses, aplacando la TAE media del mercado, el coste se eleva a 229,40 euros. Escala a los 472,94 euros, en el caso de la tarjeta revolving más cara y desciende a los 124,39 euros, en el caso de la más barata. La asociación también de los elevados intereses que se aplican al disponer dinero en efectivo en cajeros con estas tarjetas, que llega a ser del 27,99%, al incrementarse la comisión por usar este servicio de forma considerable, de una media del 3,26% al 3,49%.

MALAS PRÁCTICAS Y FALTA DE TRANSPARENCIA

Aunque el reclamo principal de muchos de estos productos sigue siendo ofrecer la emisión y renovación de forma gratuita, entre las malas prácticas que se siguen observando en las tarjetas revolving, destaca el incremento de comisiones de emisión. Esto sucede especialmente en tarjetas con líneas de crédito muy amplias, que incluso alcanzan los 60.000 euros de disposición de crédito.

Además, la elevada comisión de renovación de esta tarjeta a partir del segundo año, ahora de 175 euros, frente los 135 euros hace seis meses, provoca que su TAE ascienda al 59,47% para financiar compras, y al 75,72% en el caso de la disposición por efectivo, según datos del estudio.

El riesgo se multiplica por la práctica habitual de destacar como ventaja el pago de una compra o una disposición en efectivo en pequeñas cuotas que multiplican el coste en intereses, explican desde Asufin, destacando también como una mala práctica común el fomentar el uso del saldo disponible en la tarjeta en efectivo, especialmente cuando ésta ya se va a amortizando. "Su efecto no puede ser más perjudicial. Aunque se pague la misma cuota (punto que se destaca en todas estas promociones) al aumentar la deuda también hace que esta cuota suponga pagar más intereses y menos capital", afirman.

USURA

A principios de marzo del año pasado, el Tribunal Supremo consideraba que los contratos de las tarjetas revolving que apliquen tipos de interés superiores al precio normal del dinero y manifiestamente desproporcionados son usurarios y deben ser anulados. Un año después, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado la doctrina del Supremo.

Entonces se detallaba que la referencia del "interés normal del dinero" que ha de utilizarse para determinar si el interés remuneratorio es usurario debe ser el interés medio aplicable a la categoría a la que corresponda la operación cuestionada, en este caso el tipo medio aplicado a las operaciones de crédito mediante tarjetas de crédito y revolving publicado en las estadísticas oficiales del Banco de España. En la determinación de cuándo el interés de un crédito revolving es usurario, se tiene en cuenta que el tipo medio del que se parte para realizar la comparación, algo superior al 20% anual, es ya muy elevado.

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