mortgage lending loans rates lender

El Tribunal Europeo de Justicia ya ha fallado. Y lo ha hecho para confirmar el carácter "abusivo" de las cláusulas suelo y obligar a las entidades españolas a devolver todo el dinero de más que ha cobrado a los hipotecados sujetos a ellas. Un veredicto histórico para una cuestión que golpea de lleno a la reputación de la banca y sus relaciones con los clientes.

Pero, ¿qué son exactamente las cláusulas suelo? ¿Por qué existían? ¿Por qué han dado lugar a esta polémica? Unas preguntas básicas ayudan a conocerlas mejor.

1. ¿Qué son las cláusulas suelo?

Unos límites incorporados en los contratos de las hipotecas a tipo variable. No todos los contratos las incluyen, pero se calcula que podrían figurar en unos dos millones de hipotecas. En los contratos que sí las contenían -y contienen, porque hay entidades que todavía las incluyen- se especificaban unos 'suelos' situados entre el 2% y el 3%, habitualmente, que establecían el interés mínimo que pagaría siempre el hipotecado. Es decir, en una hipoteca firmada con una cláusula suelo del 3%, el cliente pagaría al banco como poco un 3% de interés indiferentemente de cómo estuviera el euríbor a 12 meses, la referencia para más del 80% de las hipotecas variables que hay en España.

2. ¿Por qué se introducen?

Las entidades financieras, que en el caso de las cotizadas acogen el veredicto europeo con fuertes caídas, argumentaron que estas cláusulas respondían a la necesidad de asegurar unos ingresos mínimos que cubrieran, fundamentalmente, el coste del dinero y los gastos de estructura y mantenimiento que permitían la concesión de estos préstamos.

3. ¿Hay cláusulas techo?

Cuando hay cláusulas suelo, lo habitual es que también existan cláusulas techo. Sin embargo, la situación de los últimos años ha puesto de relieve la asimetría entre los suelos y los techos. Mientras los primeros se situaban entre ese 2% o 3%, los segundos superaban el 10%, cuando el máximo histórico del euríbor a 12 meses, alcanzado en octubre de 2008, fue del 5,5%.

4. ¿Cuándo estalló el problema?

Cuando el euríbor empezó a bajar con fuerza, primero desde 2009 y de forma ya definitiva desde 2012, a rebufo de las bajadas de los tipos de interés decretadas por el Banco Central Europeo (BCE). El interés de una hipoteca variable consta de dos partes: el interés del índice de referencia, que habitualmente es el euríbor, y el diferencial adicional que se aplica a ese interés. Si, por ejemplo, una hipoteca tiene un diferencial del 2% sobre el euríbor y este se encuentra en el 3%, el interés total es del 5%. Si ese contrato tiene un suelo del 3%, no se activa, porque está por debajo de esa situación. El problema estalló cuando el euríbor comenzó a descender y se situó ya por debajo del 2%, algo que ocurrió en 2009, y sobre cuando dejó atrás el 1%, algo que pasó desde 2012 -en 2016 incluso ha llegado a situarse en negativo por primera vez en la historia-. Como en los momentos más boyantes de la burbuja tecnológica se concedieron hipotecas a diferenciales claramente inferiores al 1% e incluso al 0,5%, los intereses totales se situaron por tanto por debajo del 2% y del 1%. Y entonces fue cuando se activaron las cláusulas suelo, con la consiguiente sorpresa: muchas familias descubrieron entonces que sus contratos incluían una cláusula que les impedía beneficiarse de las caídas adicionales del euríbor.

5. ¿Por qué fue una sorpresa?

Aquí reside la clave: en la falta de transparencia. De hecho, cuando el Tribunal Supremo dictó la sentencia de mayo de 2013 no cuestionó la legalidad de estas cláusulas, sino su transparencia. Muchos clientes alegaron que ignoraban la existencia de esta cláusula y que no fueron informados de su existencia, de ahí que el Tribunal las definiera "abusivas" y "poco transparentes" y las considerara "nulas". Casi dos años después, en febrero de 2015, el Supremo estableció que los bancos debían devolver a los clientes los intereses de más que habían cobrado a los clientes por las cláusulas suelo desde la sentencia anterior, la de mayo de 2013, pero no contemplaba una retroactividad total, es decir, desde la activación de las cláusulas suelo en cada contrato, que es lo que demandaban los denunciantes. Ahora, el Tribunal Europeo impone una retroactividad total.

6. ¿Pero son legales?

Sí. Y lo siguen siendo. Lo que el Tribunal Supremo, primero, y el Tribunal Europeo, después, han juzgado no es la legalidad o no de estas cláusulas, que siguen estando en los contratos de algunas entidades, sino el modo en que han sido comunicadas a los clientes. Lo que han puesto de relieve los tribunales es la falta de transparencia que existió en torno a ellas, que les empuja a dictaminar que son "abusivas", pero continúan siendo legales. O lo que es lo mismo, de lo que se trata es de que notifique con claridad al cliente su existencia.

Noticias relacionadas

contador