
MADRID, 17 (EUROPA PRESS)
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha propuesto endurecer los requisitos de acceso y permanencia en el mercado a las comercializadoras eléctricas, planteando medidas para que demuestren suficiente capacidad técnica y económica antes de iniciar su actividad, con el objetivo de acotar así el agujero de los últimos años en el sistema eléctrico por impagos por la falta de solvencia de algunas compañías.
Con esta reforma, el regulador, que busca una medida en línea con la regulación de otros países europeos, especialmente tras la crisis de elevados precios registrados en los años 2021-2022, plantea restaurar un régimen de autorización administrativa previa para las comercializadoras de electricidad, sustituyendo el actual modelo de declaración responsable para frenar el aumento de los impagos en el sistema energético, que ya superan los 243 millones de euros en concepto de compras de energía no cubiertas por garantías.
En su informe, la CNMC advierte de que el sistema vigente implantado en 2009 -diseñado para eliminar barreras de entrada y facilitar el libre acceso al mercado minorista- presenta graves lagunas de control, ya que cualquier empresa puede comenzar a operar desde el mismo día en que presenta su declaración responsable, sin una verificación previa de su solvencia por parte de la administración.
Esta facilidad ha erigido a España en el país europeo con mayor número de comercializadoras activas, alcanzando las 564 empresas registradas a finales de 2025, de las cuales 445 contaban con al menos un cliente activo.
No obstante, ello esconde un elevado índice de fallidos que asume el propio sector eléctrico y que acaba encareciendo el sistema. De esta manera, entre 2022 y 2025, 39 comercializadoras fueron inhabilitadas por incumplir los requisitos legales.
UN AGUJERO DE CASI 300 MILLONES EN TOTAL.
Así, además de los 243 millones de euros acumulados en impagos por la adquisición de energía, la CNMC cifra en 14 millones de euros las deudas por impagos de peajes de acceso a la red y cargos -según datos de marzo de 2026- y estima en hasta 40 millones de euros adicionales la deuda fallida.
Según el regulador, la sucesión de cierres, quiebras y situaciones concursales no solo provoca un perjuicio de gran escala a los agentes del sistema, sino que deteriora la reputación del sector minorista.
El Real Decreto 88/2026 reforzó los requisitos e incorporó nuevas obligaciones relativas a la capacidad técnica y económica para ejercer la actividad de comercialización.
CAPITAL SOCIAL MÍNIMO DE 60.000 EUROS.
A pesar de ello, la CNMC realiza varias recomendaciones, considerando esencial exigir un capital social desembolsado mínimo de 60.000 euros para ejercer la actividad.
Además, propone impedir el acceso a empresas en fase preconcursal, concursal o inhabilitadas previamente o que no hayan cumplido las condiciones y evaluar los antecedentes de administradores y directivos para evitar nuevas irregularidades e incumplimientos.
Asimismo, la CNMC cree importante desarrollar el mecanismo que exige a los comercializadores depositar las correspondientes garantías a los operadores del mercado y del sistema por impagos de compras, liquidaciones del sistema, y peajes y cargos, previsto en el Real Decreto 88/2026.
También se proponen medidas adicionales para asegurar que las comercializadoras gestionan adecuadamente su cartera de clientes y cumplen las obligaciones en el mercado eléctrico, como disponer de medios técnicos y recursos humanos suficientes, cualificados y formados. Además, se sugiere que cuenten con un plan de previsión de suministro y aprovisionamiento para verificar que son viables.
Por otra parte, como novedad del Real Decreto 88/2026, los comercializadores que no dispongan de las garantías exigidas no podrán captar nuevos clientes. Así, la CNMC propone que esta medida se aplique ante cualquier incumplimiento -no solo ante la falta de garantías correspondientes- para lo que se requiere la rápida aprobación del correspondiente procedimiento de operación.