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El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo; la ministra portavoz y de Hacienda, María Jesús Montero; el vicepresidente y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias, y el ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis ÁbalosEUROPA PRESS/E. Parra. POOL - Europa Press

Permite eximir del canon al licitar suelo para alquiler social y regula medidas de control para prevenir contagios en aeropuertos

MADRID, 16 (EUROPA PRESS)

El Pleno del Congreso debatirá el próximo miércoles el decreto ley aprobado por el Gobierno el pasado 7 de julio con medidas dirigidas a afrontar los efectos de la crisis provocada por la pandemia del Covid-19 y acelerar la reactivación económica, como la prórroga del llamado 'escudo social', una batería de medidas en el transporte aéreo, marítimo y de carreteras y también en el ámbito de la vivienda.

Pese a estar en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la Constitución establece que cada decreto ley debe examinarse en el Congreso para su convalidación o derogación. Si se convalida, los grupos pueden decidir su tramitación como proyecto de ley para poder proponer cambios vía enmiendas.

El decreto ley recoge medidas por un importe total de 1.770 millones de euros, en el que se incluye la ampliación de la capacidad de endeudamiento de Renfe hasta los 1.000 millones de euros para compensar la caída de demanda, además de destinar 110 millones a la Sociedad Estatal de Infraestructuras de Transporte Terrestre (Seittsa). El importe económico de las medidas para empresas privadas del sector del transporte y en materia de reducción de tasas portuarias asciende a 663 millones de euros.

TRANSPORTE POR CARRETERA Y PRÓRROGA DE LA ITV

Para el transporte por carretera, se posibilita una moratoria en contratos de préstamos, leasing y renting de vehículos dedicados al transporte público discrecional de viajeros en autobús y al de mercancías de más de 3,5 toneladas de masa máxima autorizada, permitiendo un aplazamiento de hasta 250 millones de euros para el transporte discrecional de viajeros y de hasta 330 millones de euros en el de mercancías.

El decreto plantea también un procedimiento de reequilibrio con una línea de 14 millones para compensar la reducción de ingresos y el coste añadido de carácter sanitario, como desinfección de vehículos y la adaptación de los mismos. También se plantea en el ámbito concesional a la obra pública y autopistas, si bien todo sometido a lo relacionado con las pérdidas.

Además, se validan los visados caducados por un año más hasta la plena normalización en 2023 y se prorroga tres meses la validez de los certificados de inspección técnica de los vehículos (ITV) cuya fecha de inspección esté comprendida entre el 21 de junio y el 31 de agosto de 2020, plazo que se contará desde la fecha de vencimiento del certificado.

TRANSPORTE AÉREO Y MARÍTIMO

Respecto al transporte aéreo, con la norma se hacen obligatorias en España las recomendaciones de la Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA) para la seguridad de pasajeros y tripulaciones de vuelo en el ámbito del Covid-19.

Asimismo, incorpora medidas como la flexibilización del arrendamiento de aeronaves, con o sin tripulación, para la extinción de incendios, búsqueda y salvamento; y la adaptación del concepto de aeronaves no tripuladas (drones) al de la normativa de la Unión Europea.

La nueva norma incluye medidas excepcionales y transitorias relativas, entre otras, a las tasas de ocupación, actividad y del buque. En el ámbito marítimo, se flexibiliza la normativa a fin de agilizar los trámites de emisión y renovación de certificados, mejorando su eficiencia y en apoyo a la competitividad de los buques de bandera española.

Además, se permite a las autoridades portuarias ampliar temporalmente la reducción de las cuotas de las tasas portuarias y de ocupación y se alarga el periodo para reducir la tasa de buque hasta el máximo permitido por la normativa europea. Por otra parte, se impide que se pueda producir una subida de tasas por aumento de los coeficientes correctores en los casos de autoridades portuarias con rentabilidades negativas en 2020.

SE ALARGA LA MORATORIA HIPOTECARIA Y DE CORTE DE SUMINISTROS

El decreto ley alarga hasta finales de septiembre el conocido como "escudo social", las medidas dirigidas a aliviar las cargas financieras de la hipoteca, del alquiler y los suministros básicos ante la crisis.

En el caso de la moratoria hipotecaria, de hasta 12 meses de compatibilizar los primeros tres meses legales más otros nueve, otorgada por los bancos se permite solicitarla hasta el 29 de septiembre, al giual que la moratoria sobre créditos al consumo.

Hasta el 30 de septiembre se podrá solicitar la prórroga de seis meses en contratos de alquiler sobre vivienda habitual y la moratoria o aplazamiento del pago de la renta cuando el propietario sea gran tenedor de vivienda. Además, la prohibición de los desahucios sin alternativa habitacional seguirá vigente hasta el 2 de octubre.

También se prorroga hasta el 30 de septiembre la prohibición de suspender el suministro de agua, energía eléctrica y gas en ningún domicilio que tenga la consideración de primera vivienda, así como la vigencia del bono social eléctrico, un descuento directo en la factura dirigido a los consumidores vulnerables.

FACILIDADES PARA LAS CONSTRUCTORAS EN EL ALQUILER SOCIAL

Por otro lado, el decreto recoge también un conjunto de medidas económicas y sociales en el ámbito de la vivienda, como las facilidades en las condiciones para licitar suelo público que la empresa pública Sepes pone a disposición de empresas privadas para construir y gestionar vivienda de alquiler social durante 75 años, permitiendo en determinados casos que el canon que estas empresas pagan cuando se adjudican la licitación pueda llegar a ser cero.

También en materia de vivienda, permite a las comunidades autónomas que usen el remanente de proyectos que no han llevado a cabo dentro del Plan Estatal de Vivienda para nuevos proyectos también en materia de acceso a la vivienda, de manera que no tengan que reintegrar el dinero no ejecutado al Estado.

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