MADRID, 1 (EUROPA PRESS)

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha concretado el calendario de medidas encaminadas a dar estabilidad y contribuir a la mejora de la calidad de los vinos, particularmente de los que se comercializan sin indicación geográfica.

En concreto, estas medidas buscan mejorar la calidad y ajustar la oferta a la demanda, contribuyendo a paliar el excesivo efecto que sobre el mercado del vino tiene, no solo el volumen de producción anual, sino también las existencias finales de cada campaña y que determinan las disponibilidades para la campaña siguiente.

La Organización Interprofesional del Vino de España presentó en junio al Departamento una propuesta cuya aplicación contribuiría a dar estabilidad y contribuir a la mejora de la calidad particularmente de los vinos que se comercializan sin indicación geográfica.

Algunas de las medidas propuestas, en concreto el control reforzado para mejorar la trazabilidad en el ámbito de la vertebración sectorial, ya se están aplicando en la presente campaña 2019/2020 gracias a la extensión de norma aprobada por la OIVE.

Otra serie de acciones requieren la iniciativa de las administraciones. El Departamento ha realizado un análisis de su viabilidad, así como de los instrumentos jurídicos más adecuados para ponerlas en práctica.

De esta forma, las acciones previstas incluyen requisitos mínimos de calidad para uva de vinificación fuera de indicaciones geográficas de calidad (DOP o IGP); la intensificación del control de subproductos para destilación y mecanismos de regulación de la oferta del vino.

El objetivo de los requisitos mínimos para la uva de vinificación fuera de DOP o IGP es garantizar una "calidad mínima" de las uvas entregadas en bodega para su transformación en vino. Sería aplicable a las uvas destinadas a elaborar vinos sin denominación de origen ni indicación geográfica protegida.

Agricultura ha precisado que con esta medida se pretende evitar que se produzcan vinos de baja calidad, con grandes dificultades para ser comercializados todos los años y que son los que suelen engrosar las existencias a finales de campaña.

Por otro lado, el programa de apoyo al sector contiene una medida destinada a la destilación de los subproductos de la vinificación, que permite, entre otros aspectos, que el líquido que todavía queda en los productos no se convierta en vino, generalmente de mala calidad, mediante el sobreprensado, retirándose así del mercado del vino con destino a consumo.

REGULACIÓN DE LA OFERTA DE VINO

El Departamento ha señalado que teniendo en cuenta que la producción anual de vino está muy influenciada por la climatología de cada año, es necesario que el sector del vino sin indicación geográfica disponga de una herramienta que le permita mantener la oferta ajustada a la demanda, particularmente en campañas en las que las disponibilidades sean muy superiores a las de un año normal.

El objetivo de esta medida es desarrollar dicha herramienta, cuya base jurídica es el artículo 167 del Reglamento de la Organización Común de los Mercados Agrarios, y que permite a los Estados miembros productores establecer normas de comercialización para regular la oferta, en particular mediante las decisiones adoptadas por las organizaciones interprofesionales.

Esta norma será ahora modificada para establecer en la misma las condiciones del mercado que desencadenarían el mecanismo de regulación. Así estas condiciones serán conocidas por los operadores antes de que comience cada campaña.

El Ministerio tiene intención de convocar reuniones a lo largo de este mes para trabajar conjuntamente con el sector y las comunidades autónomas sobre esta hoja de ruta.

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