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EUROPA PRESS - Archivo

El verano se acerca y los españoles empiezan a plantearse la posibilidad de reservar sus vacaciones, pero dudan si hacerlo ante el temor de que el país de destino les prohíba la entrada o les imponga tener que pasar una cuarentena. Reservar ya, aprovechando los descuentos, y arriesgarse a no poder disfrutar completamente del viaje o esperar y asegurarse antes de que no habrá ningún inconveniente a la hora de llegar al destino son las incertidumbres a las que se enfrentan.

Hasta ahora, en los vuelos reservados cuyo destino fuera alguno de los países en los que se mantiene prohibida la entrada a españoles las aerolíneas no admiten devoluciones, aunque sí dan la opción de realizar cambios. Pero, ¿qué pasa con aquellos billetes que se van a comprar a partir de ahora? La política de las compañías se mantiene por el momento, a no ser que alguna decida desbancarse y lanzar la posibilidad de cancelar en caso de que llegada la fecha el viajero tuviera la entrada restringida en el país o le obligan a hacer cuarentena.

Si el viaje es fuera de nuestras fronteras y mientras existan restricciones "es de suponer que las aerolíneas cancelarán sus vuelos internacionales o directamente no comenzarán a volar hasta que se permita este tipo de trayectos y, por tanto, el viajero tendrá derecho a recuperar su dinero", señalan desde la plataforma online de servicios legales Reclamador.es

Si se trata de viajes contratados a través de agencias que combinan el vuelo y el hotel, el viajero debe ponerse en contacto con esta para que le ofrezca, según la nueva normativa, el reembolso de su dinero o un bono de validez de un año, que, si pasado ese periodo no se utiliza, deberá proceder al reintegro de esas cantidades al consumidor.

Mientras, si solo se tenía contratado el hotel en un tercer país, el viajero debe estudiar en primer lugar la situación de ese territorio en el momento del viaje. Si este no tuviera restricciones y pudiera recibir visitantes, pero el consumidor, dada la situación de España o de las fronteras, no pudiera viajar, debe analizar el contrato realizado, comprobar si se cuenta con política de cancelación gratuita o bien contactar con el alojamiento, si se contrató directamente, para intentar llegar a un acuerdo, explican.

El Ministerio de Consumo aseguraba recientemente que varias compañías aéreas que operan en España no están facilitando la información correcta a los usuarios, por lo que remarcan que "dificultar el acceso del usuario a su derecho al reembolso incumple las recomendaciones de la Unión Europea". Así, tanto el bono alternativo como el derecho al reembolso deben aparecer de forma clara y accesible en la información de las aerolíneas.

La Comisión Europea permite a las compañías tener derecho a la emisión de bonos como alternativa atractiva y fiable al reembolso del dinero, pero señala el carácter voluntario de la aceptación del bono por parte del viajero. En caso de no ser aceptado por el cliente, la compañía aérea debe efectuar el reembolso del importe total del billete en un plazo de siete días a partir de la solicitud del pasajero.

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