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Firma de una hipotecaCEDIDA

El Congreso tiene en sus manos hoy decidir cuánto debe pagar un cliente que quiere amortizar antes de tiempo su hipoteca a tipo fijo. El Congreso aprobó un límite del 2% del capital reembolsado, tras lo cual el Senado ha aprobado otro del doble, del 4%. El importe final se debate este jueves en el Pleno del Congreso, del que saldrá por fin aprobada la ley hipotecaria.

Los diputados tienen este jueves la misión de aprobar o rechazar las enmiendas que han introducido los senadores en el texto de la ley hipotecaria. Entre ellas, se encuentra una subida de las comisiones máximas que los clientes deberán pagar por cancelar anticipadamente su hipoteca.

La ley que salió del Congreso el pasado diciembre rebajó las comisiones por amortización anticipada a un máximo del 2% (en los diez primeros años) o del 1,5% (a partir del décimo año de la hipoteca) del capital reembolsado en el caso de hipotecas fijas dependiendo del momento del préstamo en que se decida cancelarlo. En el Senado, sin embargo, se incluyó una enmienda que subía estos límites hasta el 4% y el 3%, respectivamente, que son los topes que incluyó el Ministerio de Economía y Competitividad cuando redactó el primer borrador en 2017.

Los grupos que conforman el Congreso, que están representados en el Pleno en la misma proporción que en la Comisión de Economía que aceptó el texto definitivo, deberán decidir si mantienen su voto y dejan las comisiones de amortización anticipada de las hipotecas a tipo fijo en un máximo de un 2% y un 1,5% o las elevan, como ha querido el Senado.

En el caso de las hipotecas a tipo variable, no hay discusión, dado que el Senado decidió mantener la propuesta del Congreso. Es decir, que haya un límite del 0,15% del capital reembolsado anticipadamente cuando se haga en los cinco primeros años del préstamo o del 0,25% si se cancela en los tres primeros años de la hipoteca. En todo caso, la comisión no podrá superar la pérdida financiera que genere al banco esa cancelación.

DEBATE SOBRE LA ENTRADA EN VIGOR

Otro de los puntos calientes del debate de esta ley será la entrada en vigor de la misma. El texto que salió del Congreso establecía una entrada en vigor para 30 días después de la publicación de la norma en el Boletín Oficial del Estado (BOE), pero el Senado ha decidido cambiar la disposición en la que se indicaba este extremo.

El texto aprobado en la Cámara Alta contempla que la ley no entre en vigor hasta tres meses después de su publicación en el BOE con todo el articulado salvo dos artículos, el 14 y el 15, que hacen referencia a la transparencia en la concesión de hipotecas, en los que se establece el reparto de gastos hipotecarios. Estos dos artículos se aplicarán una vez se haya aprobado el reglamento que desarolle el contenido de esta ley, lo cual, teniendo en cuenta el cambio de gobierno, puede alargarse varios meses. Calviño, en todo caso, quiere hacerlo antes de que termine la legislatura.

El reparto de gastos hipotecarios no entrará en vigor hasta que haya un reglamento que desarrolle esta ley

Según explican fuentes parlamentarias a Bolsamanía, la banca está a favor de que se espere tres meses para que la norma entre en vigor para poder preparase ante el escenario jurídico que plantea la nueva ley. El Congreso deberá decidir este jueves la fecha de incorporación al ordenamiento jurídico de la norma y las mismas fuentes explican que el PSOE aún no ha tomado una decisión al respecto.

Lo que está claro que no saldrá adelante, según estas fuentes, es la supresión del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, que el PP ha aprovechado para introducir en la ley a su paso por el Senado. La propuesta tiene la negativa del PSOE, que desde el Gobierno ya creó una norma para obligar a los bancos a pagar el impuesto para siempre.

UN LARGO CAMINO PARA SU APROBACIÓN

La ley hipotecaria pasa este jueves su último trámite parlamentario para su entrada en vigor. Esta norma, que es fruto de la trasposición de una directiva europea ha transitado por un largo camino hasta su aprobación. La falta de Gobierno en la que se vio sumida España hace tres años impidió al Ejecutivo aprobarla a tiempo, lo que llevó a la Comisión Europea a amenazar con una multa millonaria. Finalmente, casi tres años después de que venciera el plazo límite para su entrada en vigor (marzo de 2016), España se salva de pagar unos 105.000 euros por cada día de retraso, a contar desde su introducción al ordenamiento jurídico.

El Congreso va a votar las enmiendas que quedan pendientes y que fueron introducidas en el texto en su paso por el Senado, pero en todo caso este jueves la ley saldrá adelante y no se quedará atrás como otros proyectos del Gobierno para el sector financiero. No hay posibilidad de dar marcha atrás e impedir que se apruebe, dado que el Congreso ya dio su visto bueno a la norma a finales del pasado año y lo único que se vota hoy son las enmiendas que se han incorporado al texto en su paso por el Senado, que en su mayoría son del PP.

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