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Las sanciones que se impongan a las entidades financieras por infringir algún aspecto de la ley hipotecaria serán publicadas en un registro del Banco de España, según recoge el texto que salió del Congreso esta semana para pasar el examen del Senado. Las sanciones firmes se publicarán, además, en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Así, las autoridades que sancionen a los bancos por infracciones a la Ley de Crédito Inmobiliario deberán comunicar al Banco de España trimestralmente las multas que hayan ordenado y sean firmes. El supervisor las recogerá y las incorporará al registro público.

En los apuntes de este registro deberán aparecer el nombre del banco, el tipo de infracción, la sanción y la fecha de comisión de la infracción a la ley, así como la del momento en que sea firme la sanción. La nueva ley hipotecaria deja claro que, aunque se abra un expediente sancionador contra una entidad, esta circunstancia no impedirá al cliente de la hipoteca iniciar acciones judiciales para exigir la responsabilidad del banco.

Esta es una de las novedades que introduce esta norma, que, además, endurece las condiciones para que los bancos puedan ejecutar una hipoteca. También introduce un reparto de los gastos hipotecarios, que por primera vez estará regulado, y prohíbe las ventas vinculadas... salvo en el caso de los seguros.

En todo caso, la norma prevé la creación de una autoridad independiente para velar por la protección y la transparencia en la contratación inmobiliaria que atienda las quejas y reclamaciones de los prestatarios que consideren que la entidad ha incumplido algún aspecto de esta ley. Similar a la autoridad que el Gobierno ya se ha comprometido a crear para la defensa del cliente financiero, cuyos dictámenes el Ministerio de Economía quiere que sean vinculantes.

LA LEY SE ATASCARÁ EN EL SENADO

Esta es una de las novedades que introduce la nueva ley hipotecaria, que acaba de ser aprobada en el Congreso y que al inicio del próximo año llegará al Senado. La actividad parlamentaria no se retoma hasta febrero y, teniendo en cuenta que el Gobierno solicitó la tramitación urgente de la norma en el Senado, es previsible que el textos salga de la Cámara Alta en marzo.

Saldrá, además, enmendado, pues el PP, que tiene mayoría en la Cámara, tiene la intención de incorporar una enmienda para eliminar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados. En su opinión, obligar a los bancos a abonarlo les llevará a repercutirlo al cliente y la única forma de evitarlo es que el tipo de este tributo sea cero.

La introducción de esta enmienda alargará el proceso de aprobación de la norma. La iniciativa del PP deberá ser debatida de nuevo en el Congreso, a pesar de que ya ha sido rechazada en la Comisión de Economía de la Cámara Baja. Así, no será hasta, previsiblemente, finales de marzo o abril cuando la ley pueda entrar en vigor.

En ese momento se cumplirían más de dos años desde que la Directiva europea que aborda esta materia debía haber sido traspuesta. Haber tardado tanto en aprobarla amenaza a España con una multa por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

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