• La situación vivida en Andalucía en las últimas semanas puede ser un paradigma
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Las elecciones de este 24 de mayo han dejado un panorama político muy distinto y muy fragmentado en España. Ante este tesitura, si ningún candidato en las comunidades gana la primera votación del Parlamento al menos con mayoría simple (en la que los votos a favor sean más que los votos en contra) las autonomías, exceptuando Castilla-La Mancha, pueden llegar a celebrar nuevos comicios.

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Esto es lo que pasaría en cada región si no se otorgara la confianza a ningún candidato según recoge Europa Press:

ARAGÓN

Las Cortes de Aragón se constituirán el día 18, primera ocasión en la que se reunirán en el Pleno todos los nuevos parlamentarios. A partir de esa fecha, y dentro de un plazo de diez días, el presidente de la Cámara consultará a los partidos y propondrá un candidato a la presidencia del Gobierno autonómico. A partir de ese momento, comienzan las votaciones en el Parlamento.

Asturias y Castilla La Mancha tienen un mecanismo diferente y no contemplan segundas vueltas

El futuro presidente o presidenta de Aragón será elegido si obtiene, en la primera votación, el voto de la mayoría absoluta de los miembros de la Cámara, que son 67. Si esto no se produjera, se procederá a una nueva votación 24 horas después de la anterior y la confianza se entenderá otorgada si en ella obtuviera mayoría simple (cuando los votos a favor son más que los votos en contra). Estas votaciones se repetirán todos los días durante dos meses y, si en este plazo no sale elegido ningún candidato, se procederá a la convocatoria de nuevas elecciones.

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ASTURIAS

El día en que se constituyan las Cortes de Asturias, para lo que aún no se ha confirmado la fecha, será la primera ocasión en la que se reunirán en el Pleno todos los nuevos parlamentarios. Una vez constituidas las Cortes, y dentro de un plazo de diez días, el presidente de la Cámara consultará a los partidos y propondrá un candidato a la presidencia del Gobierno autonómico. A partir de ahí, comienzan las votaciones de los diputados en el Parlamento autonómico.

Saldrá elegido Presidente el candidato que obtenga el voto de la mayoría absoluta de la Cámara, que cuenta con 45 miembros. Si ninguno obtuviese dicha mayoría, se celebrará nueva votación 48 horas después, siendo candidatos sólo los dos más votados en la anterior. Llegada esta situación, los diputados sólo pueden votar en dos sentidos: a favor o abstención. En ningún momento pueden votar que no, reduciéndose así las posibilidades de bloqueo en la elección del presidente.Si se produjese empate, el reglamento prevé la vuelta a las urnas en dos meses, reiniciándose de nuevo el proceso.

CANARIAS

Las Cortes de las Islas Canarias se constituirán el día 22, primera ocasión en la que se reunirán en el Pleno todos los nuevos parlamentarios. A partir de esa fecha, y dentro de un plazo de diez días, el presidente de la Cámara consultará a los partidos y propondrá un candidato a la presidencia del Gobierno autonómico. A partir de ese momento, comienzan las votaciones de los diputados en el Parlamento.

Si en la votación ninguno de los candidatos a la Presidencia obtiene mayoría absoluta de los 60 miembros de la Cámara, se procede a una nueva pasadas 48 horas y la confianza se otorgará si obtuviera mayoría simple (en la que los votos a favor sean más que los votos en contra).

Si en ninguno de estos casos el candidato fuera elegido presidente, se realizarán votaciones cada 48 horas durante dos meses. Si transcurrido este plazo ningún candidato hubiera obtenido la confianza del parlamento, este quedará disuelto, procediéndose a la convocatoria de nuevas elecciones.

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CASTILLA Y LEÓN

Las Cortes de Castilla y León se constituirán el día 16 de junio, primera ocasión en la que se reunirán en el Pleno todos los nuevos parlamentarios. A partir de esa fecha, y dentro de un plazo de quince días, el presidente de la Cámara consultará a los partidos y propondrá un candidato a la presidencia del Gobierno autonómico. A partir de ese momento, comienzan las votaciones de los diputados en el Parlamento autonómico.

Para ser elegido Presidente de la Junta, el candidato deberá obtener la mayoría absoluta en primera votación de entre los 84 diputados de la Cámara. Si no se alcanzase esa mayoría, se fijará el momento de la segunda votación, resultando elegido el candidato si obtuviere el voto favorable de la mayoría simple (en la que los votos a favor sean más que los votos en contra).

Estas votaciones pueden continuar durante dos meses y, si transcurrido ese plazo no se da la confianza a ningún candidato, las Cortes de Castilla y León quedarán automáticamente disueltas y se convocarán nuevas elecciones.

CASTILLA-LA MANCHA

El día en que se constituyan las Cortes de Castilla-La Mancha, para lo que aún no se ha confirmado la fecha, será la primera ocasión en la que se reunirán en el Pleno todos los nuevos parlamentarios. Cuando se fije esa fecha, y dentro de un plazo de quince días, el presidente de la Cámara consultará a los partidos y propondrá un candidato a la presidencia del Gobierno autonómico. A partir de ese momento, comienzan las votaciones en el Parlamento autonómico.

La Junta de Castilla-La Mancha es, junto a Asturias, uno de los casos más particulares a la hora de elegir a su presidente. Esta comunidad no prevé una segunda vuelta electoral. Su Estatuto de Autonomía señala que, en el caso de que ningún candidato alcance la mayoría simple en dos meses de votaciones, quedará "automáticamente" designado el candidato del partido que tenga mayor número de escaños, sin que la ley prevea cómo se resolvería un hipotético empate.

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CANTABRIA

Las Cortes de Cantabria se constituirán el día 18 de junio, primera ocasión en la que se reunirán en el Pleno todos los nuevos parlamentarios. A partir de esa fecha, y dentro de un plazo de veinte días, el presidente de la Cámara consultará a los partidos y propondrá un candidato a la presidencia del Gobierno autonómico. A partir de ese momento, comienzan las votaciones.

El presidente de Cantabria será elegido si un candidato obtiene mayoría absoluta en la primera votación de los miembros de la Cámara (que son 35). En caso negativo, se procederá a una segunda vuelta pasadas 48 horas y la confianza se entenderá otorgada si en ella se obtuviera la mayoría simple (en la que los votos a favor sean más que los votos en contra).

Si en estas votaciones ningún candidato consigue obtener la confianza, se tramitarán sucesivas propuestas por el mismo procedimiento, hasta la elección del Presidente. Si transcurren dos meses a partir de la primera votación de investidura y ningún candidato o candidata propuesto hubiere obtenido la confianza del Parlamento, éste quedará automáticamente disuelto y se convocarían nuevas elecciones.

COMUNIDAD VALENCIANA

En la Comunidad Valenciana, los grupos parlamentarios podrán presentar ante la Mesa de Les Corts las propuestas de candidatos, en el plazo de doce días contados a partir de la fecha de constitución de Les Corts. Transcurrido este plazo, se fijará la fecha de celebración del Pleno de investidura entre los tres y los siete días siguientes a la finalización de dicho plazo.

Para conseguir la Presidencia de la Comunidad Valenciana, un candidato necesitará en primera votación conseguir el respaldo de los votos de la mayoría absoluta de los miembros de la cámara (que son 99). Si éste no la obtuviera, 48 horas después se procede a una nueva votación en la que será suficiente, para su investidura, el voto favorable de la mayoría simple (en la que los votos a favor sean más que los votos en contra) de los miembros de la cámara.

Si efectuadas las dos votaciones el candidato no lograra la confianza para la investidura, la Presidencia de Les Corts tramitará sucesivas propuestas en la forma prevista. Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato o candidata obtuviera la confianza, se disolverá la cámara y el presidente o la presidenta de la Generalitat en funciones convocará nuevas elecciones.

EXTREMADURA

El Presidente de la Asamblea de Extremadura, previa consulta a los presidentes o portavoces de los grupos parlamentarios, en el plazo de quince días desde la constitución del Parlamento, propondrá un candidato a la Presidencia de la Junta.

Para ser proclamado Presidente de la Junta de Extremadura, el candidato deberá obtener la mayoría absoluta de entre los 56 diputados de la Cámara. De no obtenerla, se someterá la misma propuesta a una nueva votación 48 horas después de la primera, siendo elegido Presidente si obtuviera la mayoría simple (en la que los votos a favor sean más que los votos en contra).

Si no resultara elegido el candidato propuesto, el Presidente de la Asamblea podrá proponer a otros candidatos, debiendo mediar entre las convocatorias, al menos, 48 horas. Si transcurrido el plazo de dos meses desde la primera votación de investidura ningún candidato hubiera obtenido la confianza, la Asamblea quedará disuelta y su Diputación Permanente procederá a convocar nuevas elecciones.

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ISLAS BALEARES

Dentro de los 15 días siguientes a la Constitución del Parlamento, su Presidente propondrá un candidato o candidata a la Presidencia de la comunidad balear.

Si en las Islas Baleares, la persona candidata propuesta obtuviera el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los miembros de la cámara (que son 59), se entenderá otorgada la confianza. De no obtenerla en la primera votación, se procederá a una nueva, pasadas 48 horas, y la confianza se entenderá otorgada si obtuviera en ella mayoría simple (en la que los votos a favor sean más que los votos en contra).

Si en estas votaciones la cámara no hubiera otorgado la confianza, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista anteriormente. Si transcurrido el plazo de sesenta días, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato o candidata hubiera obtenido la confianza del Parlamento, éste quedará automáticamente disuelto procediéndose a la convocatoria de nuevas elecciones.

LA RIOJA

El Presidente del Parlamento deberá proponer, dentro del plazo máximo de veinte días desde el cese del presidente, un candidato para la presidencia de La Rioja. Para que un candidato resulte elegido como Presidente en la comunidad de La Rioja, éste debe obtener la mayoría absoluta de los miembros del Parlamento (que son 33). Si no la consigue, se procederá a una nueva votación transcurridas 48 horas, en la que la confianza se entenderá otorgada si en ella se obtiene la mayoría simple (en la que los votos a favor sean más que los votos en contra).

Si en dichas votaciones no se obtienen los votos necesarios se repetirán durante dos meses (contabilizando desde la primera votación de investidura). En el caso de no surgir Presidente, el Parlamento quedará automáticamente disuelto y se convocarán elecciones de nuevo.

MADRID

El Presidente del Parlamento de Madrid tendrá 15 días desde la constitución de la Asamblea para proponer un candidato y fijará la sesión de investidura entre el tercer y el séptimo día siguiente.

En la Comunidad de Madrid, el candidato que quiera alcanzar la Presidencia deberá obtener la mayoría absoluta en la primera votación (de los 129 diputados). Si no fuera así, se someterá la misma propuesta a una nueva votación 48 horas después de la anterior, y la confianza de la Asamblea se entenderá otorgada si se obtuviere mayoría simple de los Diputados presentes (en la que los votos a favor sean más que los votos en contra).

Si, efectuadas estas votaciones ano se otorgase la confianza de la Asamblea a ningún candidato, se continuará esta dinámica de votación. Si pasados dos meses a partir de la primera votación, ningún candidato propuesto hubiese obtenido la confianza de la Asamblea, ésta quedará disuelta, convocándose de inmediato nuevas elecciones.

MURCIA

Las Cortes de las Murcia se constituirán el día 15, primera ocasión en la que se reunirán en el Pleno todos los nuevos parlamentarios. Una vez iniciadas las reuniones, la Región de Murcia tendrá presidente si uno de los candidatos obtiene la confianza de la Asamblea Regional (con 45 diputados) por mayoría absoluta en primera convocatoria y por mayoría simple (en la que los votos a favor sean más que los votos en contra) en las posteriores.

Entre la primera y las siguiente convocatorias deberá mediar un plazo de 48 horas. Si transcurrido el plazo de dos meses desde la primera votación de investidura ningún candidato hubiera obtenido la confianza, el Presidente de la Asamblea la disolverá, convocando nuevas elecciones de acuerdo con la normativa electoral aplicable.

NAVARRA
Dentro de los diez días siguientes a la constitución del Parlamento, su Presidente, propondrá un candidato o una candidata a la Presidencia de la Comunidad Foral de Navarra Nota de Vigencia.

Tras esta propuesta, la presidencia depende de que el candidato obtenga la mayoría absoluta de los votos de los miembros del Parlamento (que son 50). En el caso de que no se obtuviera esta mayoría, se procederá a una segunda votación y la confianza se entenderá otorgada si el candidato obtiene mayoría simple (en la que los votos a favor sean más que los votos en contra).

Si tampoco se obtiene esta mayoría, se sucederán las votaciones durante tres meses y, si ninguno de los presentados hubiese sido elegido, el Parlamento de Navarra quedará disuelto y se convocarán de inmediato nuevas elecciones.

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