• Además, elimina la mención que indica que las conversaciones telefónicas deben empezar en catalán
  • Tampoco será obligatorio que la documentación interna deba rellenarse en lengua catalana
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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha anulado parcialmente el protocolo de usos lingüísticos de la Generalitat de Catalunya que obliga a los trabajadores públicos a hablar catalán entre ellos y a dirigirse en este idioma a los ciudadanos, ha informado la asociación Impulso Ciudadano.

En la sentencia consultada por Europa Press, el TSJC ha anulado reglas sobre el Protocolo de usos lingüísticos, como que la lengua de comunicación entre el personal tenga que ser la catalana en las reuniones de trabajo.

El TSJC ha anulado reglas sobre el Protocolo de usos lingüísticos, como que la lengua de comunicación entre el personal tenga que ser la catalana en las reuniones de trabajo

Otra regla del protocolo anulada es que los trabajadores tengan que mantener la conversación en catalán aunque el ciudadano usuario la haya iniciado en castellano, independientemente de la lengua que utilice el interlocutor -aunque la norma ya preveía que el usuario podía pedir el cambio de idioma si no entendía el catalán-.

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Y, sobre las conversaciones telefónicas, el TSJC anula la mención que indica que deberán iniciarse siempre en lengua catalana y, si el usuario no habla catalán pero lo entiende, se mantendrá la lengua aunque se le pida que le atienda en castellano.

La sentencia también ha anulado que el empleado deba rellenar en catalán documentación interna, como nóminas, contratos, avisos o circulares.

EL ORIGEN DE LA SENTENCIA

Se trata de una sentencia firme al no haber sido recurrida por la Generalitat y su origen fue la demanda interpuesta por uno de los profesionales sanitarios del Hospital Universitario Joan XXIII de Tarragona.

El profesional de la salud recibió una comunicación de la Gerencia Territorial de Camp de Tarragona del Institut Català de la Salut (ICS) en 2012 con el denominado Protocolo de usos lingüísticos, que consistía en la adaptación realizada para el sector.

Impulso Ciudadano -que ha asesorado al demandante- ha valorado positivamente el contenido de la sentencia y ha lamentado que la actuación de la Administración catalana obligue a los ciudadanos "a reclamar lo obvio: la libertad de elección de lengua en las relaciones con las Administraciones Públicas".

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