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España prorroga durante el mes de mayo la restricción temporal de los viajes no esenciales procedentes desde terceros países a la Unión Europea y asociados al espacio europeo Schengen, conforme a lo publicado este viernes el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Esta medida, en vigor a partir del 1 de mayo, afectará a los viajeros procedentes -con escalas o sin ellas- de Perú, Colombia, Brasil, India, Sudáfrica, Botsuana, Comoras, Ghana, Kenia, Mozambique, Tanzania, Zambia, Zimbabue, que solo podrán entrar en la península si son residentes en España o Andorra.

Esta orden del Ministerio del Interior responde, según recoge la Agencia EFE, a la recomendación del Consejo Europeo del 30 de junio sobre la temporalidad de las restricciones a este tipo de viajes por vía aérea a la UE.

Desde el día 1 de mayo solo podrán entrar en el territorio nacional quienes residan en Andorra o España, así como sus cónyuges o parejas, siempre y cuando mantengan una unión análoga a la matrimonial -inscrita en un registro público-. En este de personas se incluye también a aquellos ascendientes y descendientes a su cargo, siempre que viajen con o para reunirse con ellos.

Del mismo modo, se permitirá la entrada a personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares, de protección civil y de organizaciones humanitarias en el ejercicio de sus funciones; trabadores de transporte aeronáutico y marino o personas que acrediten "motivos de fuerza mayor".

La última prórroga, en vigor desde el 26 marzo hasta este viernes 30 de abril, se amplía con la publicación en el BOE de la nueva normativa hasta el 31 de mayo.

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