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(I-D) El ministro del Interior en funciones, Fernando Grande-Marlaska, la ministra de Defensa y Asuntos Exteriores en funciones, Margarita Robles, y el presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez,Pool

Tras saltar a la luz la noticia revelada por el Gobierno donde afirmaban que los teléfonos Pedro Sánchez y Margarita Robles han sido espiados con el conocido software israelí 'Pegasus', muchos han sido sido los que se han preguntado: ¿cuáles son las sanciones?

Legálitas informa que instalar una app de espionaje en un dispositivo puede conllevar una condena de hasta dos años de cárcel, mientras que espiar el móvil de un tercero hasta cuatro años de prisión. Por esta razón, es importante conocer ambas acciones y cómo actuar si detectamos una de ellas.

ESPIAR EL MÓVIL A UN TERCERO

Tanto espiar el móvil de una persona, como revisar sus contenidos, imágenes o conversaciones de WhatsApp es ilegal. De hecho, el artículo 197 del Código Penal castiga a todo aquel que para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción, castigándole con penas de prisión de uno a cuatro años y una multa de doce a veinticuatro meses, con una cuota diaria que oscila entre los dos y los 400 euros.

En este sentido, instalar una cámara oculta y grabar a otra persona en la intimidad, supone las misma consecuencias que espiar los mensajes, las conversaciones o las imágenes de un dispositivo móvil privado.

Asimismo, vulnerar las contraseñas y medidas de seguridad para poder acceder de forma ilegal a un dispositivo, en contra de la voluntad del titular, conlleva consecuencias penales. El artículo 197 bis del Código Penal castiga estas acciones con penas de prisión que van desde los seis meses a los dos años. Únicamente estaría contemplado si se realiza bajo autorización expresa del titular.

En el caso de difundir algún tipo de contenido del dispositivo móvil, sin autorización previa, las penas se agravan de dos a cinco años de prisión.

INSTALAR UNA APP DE ESPIONAJE

Cualquier persona que, sin estar autorizado por el titular, produzca, adquiera o facilite a terceros un programa informático para espiar un móvil, incluyendo el hecho de averiguar la contraseña o el código de acceso, está expuesto a sanciones tipificadas en el Código Penal con penas de prisión de seis meses a dos años o multa de tres a 18 meses.

La adquisición de estos programas está sancionada, pero si además, se instala en el móvil de otro y se vulnera su intimidad, las penas serían por un delito de descubrimiento y revelación de secretos regulado en el artículo 197, que se estipula prisión de uno a cuatro años y multa de 12 a 24 meses.

Para poder condenar a dicha persona, se deben recabar pruebas de cargo con las que fundamentar la acusación e interponer la posterior denuncia ante el Juzgado o fuerzas y cuerpos del Estado. Asimismo, se recomienda instalar alguna aplicación 'antispyware' para poder detectar los programas espía instalados, protegerse contra dicho software, que sirva como antivirus y recurrir a un servicio técnico especializado.

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