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El Consejo de Ministros prevé aprobar este martes la prórroga del plan ‘MeCuida’ hasta el 31 de enero de 2021. De esta manera, se prorrogará justo en el mismo día en que terminaba su vigencia, el 22 de septiembre. Además, se desvincula de la negociación para prolongar los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) en la que se había insertado inicialmente.

El plan ‘MeCuida’ fue aprobado en marzo, al inicio de la pandemia, y está dirigido a aquellos trabajadores que acrediten deberes de cuidado del cónyuge o pareja y de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad para evitar la transmisión del Covid-19, según recoge la actual regulación.

En estos casos, los trabajadores tienen derecho a adaptar su jornada y/o reducirla cuando, por consecuencia directa del coronavirus, sea necesaria su presencia para atender cuidados por razones de edad, enfermedad o discapacidad. Los trabajadores que se reduzcan jornada tendrán la consiguiente reducción en su salario y podrán incluso acogerse a una reducción del 100%.

Mientras, la adaptación de jornada puede referirse a distribuir el tiempo de trabajo de otra forma a la habitual y puede consistir en modificaciones de turno, alteración del horario, horario flexible, jornada partida o continuada, un cambio de centro de trabajo, de funciones, de forma en la que se realizan las tareas o “cualquier otro cambio” que pueda implantarse “de modo razonable y proporcionado, teniendo en cuenta el carácter temporal y excepcional” de la norma.

Por otra parte, para los casos de padres que tengan que cuidar de sus hijos por encontrarse en cuarentena, aunque no estén contagiados, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones está estudiando una ampliación de la incapacidad temporal de la que se benefician quienes se contagian o tienen que aislarse. Esta prestación supone el 75% de la base reguladora y la abona desde el primer día la Seguridad Social.

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