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El líder de Cs en la Comunitat, Toni Cantó, atiende a los medios antes de un desayuno informativoCS

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Madrid ha acordado que el exportavoz de Ciudadanos en las Cortes Valencianas Toni Cantó y el exalcalde de Toledo Agustín Conde sean excluidos de la lista electoral del PP al considerarlos "inelegibles" por no estar inscritos en el censo electoral vigente. Esto, por haberse empadronado casi tres meses más tarde del cierre del censo. Ante la decisión, el partido anunció que presentará un recurso ante el Tribunal Constitucional. Las elecciones en la Comunidad de Madrid serán el 4 de mayo.

Así consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, que da respuesta a la denuncia interpuesta por el PSOE tras dar luz verde la Junta Electoral Autonómica a la candidatura. Se trata de una resolución firme pero que puede ser recurrida ante el Tribunal Constitucional, tal y como harán desde el PP, según confirman fuentes del partido.

El fallo recoge que Cantó se empadronó en Madrid, por cambio de residencia, el 22 de marzo de 2021 y Conde el 26 de marzo de 2021 pero incide en que "el hecho de que reúnan, actualmente, la condición de vecindad administrativa de ciudadanos de la Comunidad de Madrid, no les confiere el derecho a ser elegibles a las presentes elecciones a su Asamblea Legislativa, del próximo 4 de mayo de 2021".

Y es que, según recoge la sentencia, "la Ley Autonómica 11/1986, de 16 de diciembre, dispone en su artículo 2 que para el ejercicio del derecho de sufragio es indispensable la inscripción en el Censo Electoral vigente". Además, en su artículo 3 se recoge que "será elegibles los ciudadanos que posean la condición deelector, no estén incursos en causa de inelegibilidad".

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