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Mesa de NavidadHELLOFRESH - Archivo

Se acerca la Navidad y los ciudadanos ya están dispuestos a colocar sus adornos, especialmente los alumbrados, pero existen unos límites tanto en la vivienda propia como en la comunidad de vecinos. Legálitas nos ofrece una serie de consejos para respetarlos.

Sobre la duda de si se puede decorar libremente el balcón de una casa, los vecinos deben ponerse de acuerdo de antemano en la Junta de Vecinos correspondiente. Por mucho que sea Navidad, los adornos navideños deben ser seguros, no obstruir el paso ni ir contra la armonía de la fachada como recoge la Ley de Propiedad Horizontal.

Si algún tipo de ornamentación navideña molesta, se debe acudir al presidente de la comunidad, quien a iniciativa propia o de cualquiera de los propietarios u ocupantes, requerirá a quién realice las actividades prohibidas la inmediata cesación de estas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes.

En caso de que invada la vía pública sin permiso previo, puede resultar sancionable por el Ayuntamiento. Para evitar esta situación, Legálitas recomienda solicitar autorización y abonar una tasa para cualquier tipo de utilización privativa o aprovechamiento de la vía pública o sus elementos.

Por otro lado, las luces de estos adornos deben contener el marcado CE que indica que cumplen la normativa europea. Ningún producto importado de países exteriores a la Unión Europea puede entrar a Europa si no cumple la normativa de seguridad y las condiciones técnicas.

En caso de que el ruido de las celebraciones sea insoportable, se pueden poner los hechos en conocimiento del presidente de la Comunidad de Propietarios para que requiera de forma oficial al vecino que disminuya el ruido en las fiestas. De no dar resultado, se puede acordar iniciar un procedimiento judicial contra dicho vecino y acudir a la policía local, algo que también es extensible a las celebraciones navideñas de un bar, restaurante o discoteca cercana.

La fiebre de los alcaldes españoles a la hora de colocar decoraciones ostentosas en la vía pública, también debe cumplir unos requisitos. Así, las administraciones públicas deben promover un uso eficiente del alumbrado exterior, sin menoscabo de la seguridad. Durante acontecimientos nocturnos singulares, festivos, feriales, deportivos o culturales al aire libre como, por ejemplo, Navidad, se deben compatibilizar estos eventos con la prevención de la contaminación lumínica.

Además, si se pueden aportar pruebas de que este alumbrado afecta al día a día de los ciudadanos, se debe reclamar a los órganos competentes que remedien esta situación. Si la administración no busca soluciones y no actúa de ninguna manera, se podrá demandar por inactividad y reclamar la correspondiente indemnización por los daños y perjuicios ocasionados.

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