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Agencia TributariaEUROPA PRESS - Archivo

A menos de un mes para que finalice el ejercicio fiscal, ya se comienza a estudiar cómo reducir la factura fiscal del año próximo, cuando se pueda presentar la declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Para ello, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), nos proporciona una serie de consejos.

Así, las aportaciones de los planes de pensiones "puede ser interesante" para quienes obtienen rentas que provienen del trabajo, pero también de actividades profesionales o empresariales y de alquileres de inmuebles por las que tributan en el IRPF.

Sin embargo, tiene varios límites, a aplicar el más reducido, ya sea el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio o 1.500 euros anuales, que se incrementan en 8.500 euros, cuando el incremento provenga de contribuciones empresariales o de aportaciones del trabajador al mismo plan de empleo que dependen del importe aportado por la empresa.

Por otro lado, si durante el año 2023 se han obtenido tanto ganancias como pérdidas, estas últimas se podrían materializar para compensarlas con las ganancias. Hay que tener en cuenta que Hacienda no permite la compensación de pérdidas generadas por donaciones, por lo que no se debe vender y recomprar una inversión si se desea mantener pero sí se quieren reflejar pérdidas fiscales, ya que la normativa impide aprovechar las pérdidas de recompras de "valores homogéneos".

Además, la próxima declaración será la última en la que podrá compensar el saldo de pérdidas pendientes de 2019, por lo que hasta fin de año se podrán vender inversiones con una ganancia equivalente para aprovecharlo.

Entre otras decisiones que se pueden adoptar, por ejemplo, el organismo recomienda que los propietarios de inmuebles alquilados, repasen los gastos deducibles, y si al final del año se observa que el rendimiento es positivo, adelantar a diciembre los gastos deducibles para rebajarlo. Relacionado con la vivienda, quienes hayan realizado obras de mejora de eficiencia energética de la vivienda podrán deducir un 20%, 40% o 60% sobre una base máxima de 5.000 o 7.500 euros dependiendo del tipo de obra.

A su vez, quienes compraron su vivienda habitual de forma financiada antes del 1 de enero de 2013 podrán aplicar una deducción del 15% sobre lo que hayan pagado en 2023 por el préstamo, hasta un máximo de 9.040 euros anuales por declaración.

Asimismo, los donativos a ONG, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro deducen un 80% sobre los primeros 150 euros, y un 35% sobre lo que exceda de esa cantidad, mientras que en el caso de la compra de un vehículo eléctrico nuevo, efectuada desde el 30 de junio de 2023, si se cumplen determinados requisitos, se permite deducir en la declaración de renta el 15% de lo pagado sobre un máximo de 20.000 euros.

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