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La directiva sobre cuentas de pago acaba de comenzar a aplicarse en toda la Unión Europea (UE). Esto implica que todas las entidades de servicios financieros están obligadas a informar de manera clara, concisa y gratuita a sus clientes sobre todas las comisiones asociadas a la apertura y mantenimiento de sus cuentas, por lo que ya no se permite esconder estos costes en la letra pequeña.

En un momento en el que la confianza de los consumidores en los servicios bancarios es baja precisamente debido a la falta de transparencia, "esta nueva norma asegurará que las ofertas de los bancos sean más transparentes y claras sobre las comisiones. Es una buena noticia para los consumidores: no solo facilitará tener una visión general de las comisiones, sino que además podrán comparar entre diferentes ofertas", ha asegurado la comisaria de Justicia, Consumo e Igualdad, Vera Jourová.

En aplicación a la directiva sobre la "comparabilidad de las comisiones conexas a las cuentas de pago, el traslado de cuentas de pago y el acceso a cuentas de pago básicas", a partir de ahora, los bancos tendrán que entregar a sus clientes dos documentos.

"Esta normativa no solo facilitará a los clientes tener una visión general de las comisiones, sino que además podrán comparar entre diferentes ofertas"

Uno es el denominado Documento Informativo de las Comisiones, que se entregará antes de contratar una cuenta y en el que se informará de los gastos que tendrá que asumir el titular de este producto con la finalidad de que el cliente pueda analizar qué comisiones deberá pagar y, en base a eso, tomar una decisión.

El otro, llamado Estado de Comisiones, se enviará al titular como mínimo una vez al año y en él se detallarán todas las comisiones que se hayan cobrado durante ese período de tiempo y los tipos de interés vinculados a cada cuenta que tengan abierta en el banco.

"Las nuevas reglas elevan la transparencia y facilitarán la comparación entre las mejores y más baratas ofertas de los bancos", ha destacado el vicepresidente de la Comisión Europea responsable de Servicios Financieros, Valdis Dombrovskis.

Los documentos tendrán que ser gratuitos y tener un formato concreto que todos los bancos deberán respetar. La UE ha publicado una plantilla para que los bancos den de forma correcta toda la información, sin dar lugar a interpretaciones por parte de las entidades.

"Hasta ahora, a veces era complicado conocer los costes de una cuenta y encontrar los datos en la letra pequeña para poder comparar era una misión complicada", afirma el comparador de productos bancarios Busconómico, que añade que "con la entrada en vigor de la nueva directiva, además de transparencia, se consigue que los clientes puedan comparar de manera rápida para poder contratar la cuenta que más les convenga".

REGULACIÓN SOBRE OTRAS COMISIONES

Como complemento a esta directiva comunitaria, existen otras normativas que regulan las comisiones que pueden cobrar los bancos y la forma en la que tienen que comunicarlas. Como explican desde el comparador web Kelisto, los costes bancarios pueden deberse a servicios que se hayan solicitado "en firme" o que hayan sido aceptados expresamente por el consumidor, o a servicios ya prestados. Esto es, evidentemente, que el banco no puede cobrar por un servicio que no está dando.

Los costes bancarios pueden deberse a servicios que se hayan solicitado "en firme" o aceptados expresamente por el consumidor

Además, las canales de comunicación por los que tienen que darse a conocer los costes de sus productos son las propias sucursales y por internet, tanto a través de su página web como en la del Banco de España.

"Ahora bien, la calidad de la información que deben ofrecer es bastante pobre, ya que la normativa solo obliga a que se expliquen cuáles son las comisiones habitualmente percibidas por los servicios que se prestan con mayor frecuencia: por tanto, no tienen que ofrecer, con todo detalle, información de todos sus productos", concluyen.

Todos los bancos del bloque comunitario están obligados a presentar esta información desde el pasado día 31 de octubre, fecha oficial de aplicación de la directiva de cuentas de pago. Únicamente están exentos Francia e Italia, que ya contaban con requisitos similares para sus bancos y que adoptarán las reglas europeas en julio del próximo año.

Por otro lado, y aunque todavía se trata de una herramienta que no está disponible, la directiva europea también plantea que el Banco de España ponga en marcha un portal digital, de acceso gratuito, en el que se puedan comparar las comisiones de todos los proveedores de pago.

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