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Eduardo Parra - Europa Press

El Gobierno ha aprobado un nuevo paquete de medidas para seguir respondiendo al impacto de la inflación. En él se incluyen nuevas medidas, se prorrogan otras y algunas se eliminan. En total, los siete paquete anticrisis aprobados ya por el Gobierno movilizan más de 47.000 millones de euros, tras sumar los 3.800 millones de este último.

Entre las medidas que se prorrogan está la eliminación del IVA para la cesta de productos básicos, así como la bajada al 5% para aceites y pastas.

El Gobierno también amplía la bonificación del abono del transporte público hasta el 31 de diciembre. De esta manera, se prorrogan las ayudas a CCAA y entidades locales para los descuentos del 50% de los abonos y títulos de transporte público.

El Estado destinará un máximo de 380 millones de euros más para cubrir el coste de la reducción de un 30% en el precio de los abonos y títulos multiviaje, de forma que las administraciones autonómicas y locales deberán financiar, con cargo a sus propios presupuestos, la cuantía restante para compensar a las empresas y operadores de transporte terrestre. Es decir, deberán financiar una rebaja de al menos el 20% entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2023.

Además, se prorroga la bonificación del gasóleo para los transportistas, que seguirá en 10 céntimos por litro hasta el 30 de septiembre y que se rebajará a 5 céntimos por litro en el último trimestre del año. Y se congela el tope al precio de la bombona de butano.

En materia de vivienda, se prorroga seis meses la suspensión de los desahucios para reforzar la protección a los hogares vulnerables, incluidos aquellos hogares afectados por procedimientos de lanzamiento de vivienda habitual, que no se deriven de contratos de arrendamiento, cuando existan personas dependientes, víctimas de violencia sobre la mujer o menores de edad a cargo.

Sin embargo, el decreto no incluye la prórroga extraordinaria de seis meses de la vigencia de todos los contratos de alquiler que finalizasen con un incremento que no podía ser superior al 2%. Algo que se encuentra contemplado en la ley de Vivienda, que, además, lo eleva hasta el 3% en 2024. Así, la limitación del 2% de la actualización anual de la renta aprobada a finales de 2022 continúa vigente hasta el 31 de diciembre de este año.

En lo laboral, se prorrogan medidas vinculadas con el disfrute de ayudas públicas. De esta manera, el aumento de los costes energéticos no podrá constituir causa objetiva de despido hasta el 31 de diciembre de 2023. El incumplimiento de esta obligación conllevará el reintegro de la ayuda recibida. Las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para realizar despidos.

Entre las novedades, el Gobierno ha anunciado una deducción del 15% en IRPF por la compra de vehículos eléctricos. Esta medida se extenderá durante los próximos dos años.

También una nueva línea de avales ICO para la adquisición de vivienda de jóvenes de hasta 35 años y familias con menores a cargo para la cobertura parcial por parte del Estado de los préstamos hipotecarios, por un importe máximo de hasta 2.500 millones de euros. El objetivo es posibilitar la adquisición de unas 50.000 viviendas. El plazo del aval otorgado será por un máximo de 10 años con independencia del plazo de amortización del préstamo y de la existencia o no de un periodo de carencia. El periodo para formalizar las hipotecas que se acojan a esta línea de avales finalizará el 31 de diciembre de 2025, con posibilidad de prórroga de dos años en función de la demanda y las circunstancias económicas.

La norma también da luz verde al derecho al olvido oncológico.

NUEVOS PERMISOS PARA LA CONCILIACIÓN FAMILIAR

En lo que respecta a conciliación, el Gobierno ha sacado adelante varios permisos con derecho a remuneración que estaban incluidos en la Ley de Familias. Uno es el permiso retribuido de cinco días al año para atender a un familiar de hasta segundo grado o conviviente en caso de accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo.

Otro de hasta cuatro días al año a disfrutar por horas para causas de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes e imprevisibles, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata.

El texto recoge un nuevo permiso parental para el cuidado de hijo o menor acogido por tiempo superior a un año, que podrá disfrutarse hasta que el menor cumpla 8 años. Este permiso, de duración no superior a 8 semanas, continuas o discontinuas, es intransferible y podrá disfrutarse de manera flexible.

Se amplía el derecho a la adaptación de la jornada de las personas con dependientes a cargo para aquellas personas que acrediten deberes de cuidado respecto de los hijos mayores de 12 años, el cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta el segundo grado del trabajador, así como de otras personas dependientes cuando, estas últimas, convivan en el mismo domicilio, y que no puedan valerse por sí mismas.

En cuanto a la reducción de jornada, se amplía el derecho a la reducción de jornada para el cuidado de hijos o personas a cargo con discapacidad que sean menores de 26 años y que tengan cáncer u otra enfermedad grave, cuando el grado de discapacidad supere el 65%, siempre que esta condición se acredite antes de cumplir los 23 años.

Se fija un permiso de 15 días para aquellos que se inscriban como pareja de hecho, de la misma forma que lo disfrutaban los que celebraban matrimonio.

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