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El Gobierno ha flexibilizado la prohibición de los despidos tras los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) en el nuevo acuerdo firmado con sindicatos y empresarios, según se desprende del texto final aprobado, ya que las empresas podrán despedir aunque no estén en riesgo de quiebra.

En la Disposición adicional sexta referida a la 'Salvaguarda del empleo', se reitera que las prolongaciones de los ERTEs estarán sujetas "al compromiso de la empresa de mantener el empleo durante el plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad, entendiendo por tal la reincorporación al trabajo efectivo de personas afectadas por el expediente, aun cuando esta sea parcial o sólo afecte a parte de la plantilla".

Sin embargo, se añade una cláusula tercera en la que se afirma que "este compromiso del mantenimiento del empleo se valorará en atención a las características específicas de los distintos sectores y la normativa laboral aplicable, teniendo en cuenta, en particular, las especificidades de aquellas empresas que presentan una alta variabilidad o estacionalidad del empleo".

Esta cláusula complementa a una cláusula anterior, que se mantiene en el texto actual como cláusula cuarta, la cual señala que "no resultará de aplicación el compromiso de mantenimiento del empleo en aquellas empresas en las que concurra un riesgo de concurso de acreedores en los términos del artículo 5.2 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal".

Es decir, además de las empresas al borde de la quiebra, podrán realizar despidos las de algunos sectores con "una alta variabilidad o estacionalidad del empleo", como las relacionadas directamente con el turismo estacional.

El Gobierno aprobó el viernes alargar hasta el 30 de junio los ERTE derivados de la crisis sanitaria y de la suspensión de determinadas actividades durante al estado de alarma. En concreto, el texto contempla extender hasta el 30 de junio de este año los ERTE de fuerza mayor derivados del Covid-19, ya sea por fuerza mayor total (sin reinicio de la actividad) o parcial (recuperación de una parte de la actividad).

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