
El Consejo de Gobierno de las Islas Baleares ha aprobado este viernes un decreto ley para frenar el turismo de excesos en determinadas zonas con medidas para fomentar un "cambio real del modelo turístico" ante el "abuso de alcohol" en dichos puntos. El decreto incluye, entre otros aspectos, la prohibición de los comercios de vender alcohol a partir de las 21.30 horas, de saltar entre balcones (el 'balconing') y de las excursiones etílicas.
Así lo ha presentado en rueda de prensa tras la reunión semanal del Ejecutivo autonómico el conseller de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, Iago Negueruela, quien ha sostenido que es una medida "valiente" y que apuesta por "un turismo sostenible y de calidad". "Permite combatir distintas prácticas que se producen en las Islas que creíamos que era necesario regular", ha añadido.
El conseller ha explicado que el decreto es de "carácter inmediato" y, por ello, la aplicación de éste está prevista que sea efectivo a partir de Semana Santa de este 2020. Tendrá una vigencia de cinco años y ha avanzado que no está descartado que, en un futuro, se amplíe a otras zonas del archipiélago.
Para evitar el turismo de borrachera, el decreto incluye la prohibición de la publicidad que tenga como objetivo incentivar el consumo de alcohol en establecimientos turísticos, así como las barras libres, 'happy hours' o similares. Asimismo, los comercios no podrán venderlo a partir de las 21.30 horas.
En relación al 'balconing', Negueruela ha explicado que quedan prohibidas "las prácticas peligrosas para la vida o la integridad física" de las personas y no solo en el ámbito territorial de la norma. Por ello, quien realice estas prácticas será expulsado inmediatamente del establecimiento.
Asimismo, también están prohibidas las excursiones etílicas ('pubcrawling'), además de su publicidad, su organización y su venta para "evitar recorridos alcohólicos" en las zonas mencionadas. Las fiestas en las embarcaciones, por su parte, tampoco pueden publicitarse y queda suspendida la concesión de nuevas licencias.
SANCIONES DE HASTA 600.000 EUROS
La normativa establece un régimen sancionador, mediante el cual las faltas se sancionan con multas de hasta 600.000 euros, dependiendo del grado de gravedad. Las faltas muy graves, por ejemplo, incluyen la venta de bebidas alcohólicas fuera del horario permitido o ofrecer este tipo de bebidas en modalidades de barra libre.
Negueruela ha destacado que la redacción de esta norma se ha producido "después de un amplio diálogo" con distintas asociaciones de comerciantes, sindicales y del sector hotelero, de quienes "han aceptado sugerencias". Para mejorar el seguimiento de las medidas contempladas se creará una comisión, formada por el Govern y representantes de Delegación del Gobierno, y una subcomisión, por patronales y asociaciones empresariales y vecinales.
Finalmente, el conseller ha recordado que la normativa cumple con los objetivos de desarrollo sostenible (ODS) y de la Agenda Balear 2030 "en busca de un turismo más sostenible y respetuoso, tanto con el entorno como con la calidad de vida de turistas y residentes".

