• No habrá que tributar por el beneficio fiscal generado por la dación en pago
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La campaña de la Declaración de la Renta del ejercicio 2014 arranca con dos importantes novedades para los contribuyentes, sobre todo para los que han tenido problemas con las participaciones preferentes o con su hipoteca.

UTILIZAR LAS PREFERENTES PARA COMPENSAR

Según destaca El País, una de las principales novedades para los titulares de obligaciones subordinadas y participaciones preferentes será la posibilidad de compensar sus rentas positivas con las pérdidas originadas por este tipo de productos financieros.

Así, las pérdidas registradas por estos contribuyentes entre 2010 y 2014 podrán compensar los rendimientos positivos de capital mobiliario, además de las ganancias patrimoniales y las rentas positivas incluidas en la base general de transmisión de elementos patrimoniales.

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LA DACIÓN EN PAGO, EXENTA

Además, otra novedad importante es que las ganancias patrimoniales por la transmisión de la vivienda habitual derivada de la dación en pago o por ejecución hipotecaria judicial o notarial están exentas de tributación.

Por tanto, no habrá que tributar por el beneficio fiscal generado por la supresión de la deuda hipotecaria por la dación en pago o desahucio.

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