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Por estas fechas, ésta es una de las grandes preguntas que se hacen la mayoría de contribuyentes: ¿es mejor hacer la declaración de forma conjunta o separada? La declaración de la renta admite ambas modalidades y, dependiendo del cumplimiento de unas u otras circunstancias, nos convendrá una fórmula más que otra. Consultamos a los expertos de CaixaBank y VidaCaixa para conocer las ventajas y desventajas de cada modalidad.

El mínimo exento

En primer lugar conviene conocer que existe un mínimo que no paga impuestos por entenderse vital para la supervivencia. Ese mínimo se sitúa en los 5.550 euros anuales. En las declaraciones conjuntas, además del mínimo personal, se añade una reducción de 3.400 euros excepto para las unidades familiares monoparentales, cuya reducción es de 2.150 euros. En declaraciones conjuntas quedaría de la siguiente forma:

Mínimo exento y reducción en unidades familiares (pareja o pareja con hijos): 8.950 euros.

Mínimo exento y reducción en familias monoparentales (padre o madre con hijos): 7.700 euros.

Sin embargo, no hay que olvidar que si una pareja decide hacer la declaración de forma individual, se beneficiará de un mínimo en conjunto de 11.100 euros (los 5.550 de cada uno).

Como norma general, los especialistas recuerdan una máxima: siempre es mejor hacer por separado la declaración de la renta, salvo en contadas excepciones.

Requisitos para poder hacerla conjunta

No todas las parejas pueden acceder a la modalidad conjunta. Primero, se deben cumplir una serie de requisitos. Así que, antes de nada, conviene saber si tenemos esa opción. Las condiciones son las siguientes:

  • Estar casado, se tenga o no hijos.
  • Estar separado pero con hijos a cargo permite hacer la declaración conjunta de uno de los padres con estos.
  • Estar inscrito como pareja de hecho, cosa que, como con las separaciones, sólo permite hacer la declaración conjunta de uno de los dos miembros con los hijos. El otro tendrá que hacer su propia declaración. Si la pareja no tiene hijos, no se permite la declaración conjunta.
  • Para incluir a los hijos, estos deben ser menores de edad. Cuestión distinta al beneficio que todo padre puede obtener en su declaración por los menores de 25 años a su cargo.
  • Una vez sepamos si tenemos opción de escoger, toca elegir respondiendo a la pregunta del millón: ¿qué conviene más?

Según los especialistas de CaixaBank y VidaCaixa existen dos supuestos en los que siempre conviene más hacerla conjunta:

  • Cuando trabaja uno de los dos miembros de la pareja o, en conjunto, los ingresos son bajos. En este caso compensa la reducción en 3.400 euros que obtiene el conjunto de las rentas.

  • Cuando existe un caso muy concreto con pérdidas producidas por inversiones. Imaginemos que un miembro tiene una serie de fondos de inversión que han generado ganancias, pero el otro sólo ha visto pérdidas en el año. Al hacer declaración conjunta, todo se une, se compatibilizan ganancias y pérdidas como una unidad. Las últimas hacen que en conjunto paguemos menos impuestos por los réditos.

Si no se entra en los supuestos anteriores, lo mejor será optar por la declaración individual. Por ejemplo, si los dos miembros de la pareja trabajan y no ganan lo mínimo, merece la pena que cada uno vaya por su cuenta para que se pueda aplicar a cada uno por completo el mínimo de 5.550 euros.

Ante cualquier duda, lo mejor es asesorarse con un experto. Y, por supuesto, antes de empezar con la declaración es importante consultar todas las novedades de este año.

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