ep prisiones comunicasupremopeticionlos presosesperarsentenciacarceles catalanas- firma anampa
Prisiones comunica al Supremo la petición de los presos de esperar la sentencia en cárceles catalanas-. Firma: ANAM/PASEÑAL DE TV DEL TRIBUNAL SUPREMO

La Sala que juzga el 'procés' indepedentista en el Tribunal Supremo ha rechazado la puesta en libertad mientras esperan sentencia, de los líderes independentistas juzgados por rebelión en Cataluña Oriol Junqueras, Joaquim Forn, Josep Rull, Jordi Turull, Jordi Sánchez, Carmen Forcadell y Dolors Bassa. No lo solicitaron los líderes de ERC Oriol Junqueras ni Raül Romeva.

Los magistrados no aprecian razones sobrevenidas para levantar la medida cautelar una vez finalizado el juicio y también alertan en su auto de la necesidad de salvaguardar "los fines del proceso", que está ya en el último tramo y con la deliberación que definirá su desenlace iniciada.

El tribunal reitera al respecto, como hizo en el auto del pasado 14 de junio que denegó la salida de Oriol Junqueras para jurar como eurodiputado, que este momento del proceso, una vez 'visto para sentencia' el juicio, "sitúa a la Sala en una posición privilegiada, hasta ahora inédita, para valorar la intensificación del 'fumus boni iuris' que ha venido sosteniendo las medidas cautelares acordadas por el Excmo. Sr. Magistrado instructor y ratificadas por la Sala de Recursos".

Además, el auto hecho público este viernes por el el auto contesta a las alegaciones de los acusados Jordi Cuixart y Jordi Sánchez en cuanto respaldaban su petición de libertad apoyándose* en un dictamen del Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias de Naciones Unidas.

A este respecto, la Sala reconoce la influencia de los Comités, Grupos de Trabajo y Relatores de Naciones Unidas en la consolidación de una cultura universal de respeto a los derechos humanos, que incluso han determinado recientes reformas del proceso penal español como, por ejemplo, la generalización de la doble instancia y han sido determinantes en nuestra jurisprudencia.

Sin embargo, el tribunal explica que ese reconocimiento general de esos grupos no le exonera de su deber de examinar algunas de las circunstancias que han estado presentes en la elaboración, contenido y modo de conocimiento del dictamen de este Grupo de Trabajo de la ONU.

Noticias relacionadas

contador