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El líder de ERC, Oriol Junqueras, durante la constitución del CongresoEDUARDO PARRA / EUROPA PRESS - Archivo

La Junta Electoral Central (JEC) ha rechazado este viernes la petición de ERC para que se restableciera a su presidente, Oriol Junqueras, como número uno de su candidatura por Barcelona para las elecciones del domingo. El organismo arbitral se opone a la petición, entre otras cosas, porque ha sido condenado con sentencia firme a una pena de cárcel por su participación en el 'procés', lo que le impide concurrir a unos comicios.

Así lo argumenta el organismo arbitral en una resolución recogida por Europa Press en la que recalca que aunque la Sala del Supremo que enjuició a Junqueras haya acordado posponer la ejecución de la pena de inhabilitación especial a la que fue condenado, el líder de ERC fue condenado "mediante sentencia firme a penas de privación de libertad que está cumpliendo en este momento".

"Esta circunstancia -prosigue el organismo arbitral-- incurre en el supuesto de inelegibilidad establecido en el artículo 6.2.a) de la Ley Electoral, por lo que no procede 'rehabilitarle' como candidato.

Asimismo, la JEC recuerda a ERC que la proclamación de sus candidatos "es un acto firme", que fue susceptible de recurso conforme a lo dispuesto en el artículo 49 Ley Electoral, pero que ya no puede ser revisado por este organismo.

Así ha respondido el organismo arbitral al escrito registrado este jueves por ERC pidiendo que se restituyera a Junqueras como número uno por Barcelona. Junqueras fue eliminado de la lista en aplicación de la sentencia del Tribunal Supremo sobre el 'procés' que le condenó por delitos de sedición y malversación a una de 13 años de cárcel y de inhabilitación absoluta.

POSPONER LA PENA DE INHABILITACIÓN

ERC decidió recurrir a la JEC tras recibir el pasado 30 de octubre un auto de ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo en el que, según argumentan los independentistas, se acuerda posponer la pena de inhabilitación de Junqueras hasta que el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) resuelva si el dirigente republicano goza o no de inmunidad por haber sido proclamado eurodiputado electo el pasado mes de mayo.

En su escrito, ERC defendía que si el Supremo pospone la pena de inhabilitación, la JEC debía mantener su candidatura para las elecciones del domingo. Es más los republicanos acusaron al organismo arbitral de haberse precipitado al ordenar al partido que cambiara su lista electoral para el 10N para excluir a Junqueras, porque no tuvo en cuenta el auto del Supremo que pospone su inhabilitación.

Según los independentistas si Junqueras no está inhabilitado tampoco debe aplicarse la condena hasta que el TJUE se pronuncie, y el líder de ERC tendría que recuperar su condición de elegible en unos comicios, ya que un condenado por la justicia no puede ser candidato.

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