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El consejero delegado del Banco Sabadell, Jaime Guardiola interviene en rueda de prensa para presentar los resultados del tercer trimestre del Banco Sabadell en Madrid, a 25 de octubre de 2019.Jesús Hellín - Europa Press

El requerimiento coincide con las expectativas del banco

MADRID, 19 (EUROPA PRESS)

La Junta Única de Resolución (JUR) ha actualizado el requerimiento mínimo de fondos propios y pasivos elegibles (MREL, por sus siglas en inglés) para el año 2020, que "coincide con las expectativas" del banco y que "está en línea con sus planes de financiación", según ha informado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

El Banco de España ha comunicado a Banco Sabadell un requisito mínimo de MREL en base consolidada del 8,31% del total de pasivos y fondos propios (TLOF, por sus siglas en inglés), del que el 5,99% debe cumplirse con instrumentos subordinados, teniéndose en cuenta una concesión del 2,2% sobre el importe total de la exposición al riesgo (TREA, por sus siglas en inglés).

El requerimiento equivaldría a un 23,26% en términos de activos ponderados por riesgo (APRs).

La JUR ya informó en mayo de 2018 a Sabadell sobre los requisitos MREL para 2020. Entonces, comunicó un requerimiento mínimo de MREL a nivel consolidado del 22,7% de los activos ponderados por riesgo calculados a 31 de diciembre de 2016.

El organismo ha revisado dicho requerimiento, ahora calculado a 31 de diciembre de 2017, debido a que ese año cambió el perímetro del grupo, al vender su filial estadounidense United Bank en el mes de agosto de 2017, según detallaron fuentes del banco a Europa Press.

De esta manera, el requerimiento se ha elevado en términos porcentuales, aunque en euros equivale a 18.000 millones, frente a los más de 19.000 millones que suponía el requerimiento anterior, por el cambio de perímetro.

Banco Sabadell ha asegurado que cumple con el nuevo requerimiento de MREL, que coincide con las expectativas del banco y está en línea con sus planes de financiación.

La decisión de la JUR establece que el requisito debe satisfacerse antes del 1 de enero de 2020 y cumplirse a partir de esa fecha en todo momento. El requerimiento puede estar sujeto a modificaciones posteriores por parte de la autoridad de resolución.

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