El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este sábado las condiciones en las que podrán reabrir hoteles y establecimientos turísticos y en las que podrá retomar su actividad el turismo activo y de naturaleza en la fase 1 de la desescalada.

La orden del Ministerio de Sanidad establece que en los hoteles y establecimientos turísticos se permiten los servicios de restauración y cafetería cuando sea necesario, y exclusivamente a los clientes hospedados, aunque aclara que no podrán prestarse en las zonas comunes, que permanecerán cerradas.

Además, el Ministerio dicta que no estará permitida la utilización de piscinas, spas, gimnasios, miniclubs, zonas infantiles, discotecas, salones de eventos y de todos aquellos espacios análogos que no sean imprescindibles para el uso de hospedaje del hotel o del alojamiento.

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