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El Ministerio de Hacienda ha resuelto habilitar trámites y actuaciones como el pago de deudas o el aplazamiento de las mismas con la Agencia Tributaria a través del canal telefónico, mediante el sistema de firma cl@ve PIN, según la resolución publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

De esta manera, se pueden realizar determinados trámites de forma telemática con el propósito de seguir reduciendo los tiempos invertidos en obtener información y en la asistencia en el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los ciudadanos, fundamentalmente costes de planificación, de desplazamiento y de tiempo.

Hacienda señala que el uso de un código de usuario y una contraseña facilitadas al obligado por la Agencia Tributaria cuenta con las suficientes garantías y condiciones de seguridad. El sistema pedirá el NIF o NIE y un dato de contraste (fecha o número de soporte), tras lo que le enviará el PIN a su teléfono móvil. A continuación, el código PIN será solicitado por el agente telefónico que, una vez comprobado que es correcto, atenderá su demanda.

Este procedimiento se aplica para consultar y liquidar deudas, generar documentos de ingreso de vencimientos o aplazar o fraccionar deudas. También permitirá consultar el procedimiento de embargo de cuentas bancarias, sueldos, salarios, pensiones, bienes inmuebles, valores o créditos, y consultar sobre compensaciones.

El ciudadano recibirá justificante del trámite que realice, mediante comunicación verbal del código de verificación del justificante; con el envío de un código seguro de verificación a través del sistema de notificación en la aplicación de la Agencia Tributaria, email o SMS; se podrá poner a disposición del usuario en la sede electrónica del organismo, o se le podrá enviar por Correos.

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